miércoles, agosto 01, 2012

Consumarán la imposición, no lo duden: TEPJF rechaza ordenar a IFE resoluciones expeditas

El magistrado Flavio Galván aclara que el tribunal no puede ordenar ''de manera arbitraria'' al IFE lo que debe hacer

El Informador


El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no ordenará al Instituto Federal Electoral (IFE), a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) apresurar sus investigaciones sobre Monex y Soriana.

En sesión, los magistrados dieron así respuesta a la excitativa de justicia presentada por la coalición Movimiento Progresista (PRD, PT y Movimiento Ciudadano), que postuló como abanderado presidencial a Andrés Manuel López Obrador.

Según el proyecto elaborado por los magistrados Flavio Galván, Constancio Carrasco y Salvador Nava, integrantes de la comisión encargada de formular el dictamen de calificación de la elección presidencial, el Consejo General del IFE es el único que tiene la facultad de aprobar la realización de un procedimiento extraordinario de fiscalización.

El magistrado Flavio Galván aclaró que el tribunal no puede ordenar ''de manera arbitraria'' al IFE lo que debe hacer.

''El IFE es el órgano del Estado mexicano a través del cual se lleva a cabo la función estatal electoral. Es un órgano que por disposición de la Constitución tiene autonomía y en consecuencia un ámbito de facultades para actuar. El tribunal no puede interferir de manera indebida (en las competencias del instituto'', indicó Galván Rivera.

El magistrado Manuel González Oropeza agregó: ''Si no dejamos que el IFE lleve a cabo las atribuciones que la Constitución le otorga lo estaríamos haciendo a un lado por completo. Estaríamos nulificando un órgano de Estado''.

Los magistrados tampoco reconocieron que medios de comunicación como Televimex, Milenio, Excélsior, Grupo Imagen, Grupo Fórmula, entre otros, pudieran presentar escritos en calidad de terceros interesados en el caso.

Lo anterior, porque no demostraron tener interés jurídico relacionado con la solicitud de nulidad de la elección presidencial, presentada por la coalición Movimiento Progresista.

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