martes, septiembre 27, 2011

Se polariza debate en SCJN por reforma antiaborto

Faltan tres por fijar postura sobre acción de inconstitucionalidad de reforma que protege el derecho a la vida desde la concepción en Baja California. Sólo se requiere que uno apoye el artículo impugnado, para que éste siga vigente.

Jesús Aranda


México, DF. La discusión en la Suprema Corte sobre la reforma constitucional que protege el derecho a la vida desde la concepción se polarizó; hasta el momento, cinco ministros se han pronunciado por la invalidez del artículo séptimo, párrafo primero de la constitución de Baja California, mientras que tres hablaron a favor de la norma.

Faltan tres ministros del pleno por fijar su postura sobre la acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma constitucional en esa entidad y sólo se requiere que uno de éstos apoye el artículo impugnado, para que éste continúe vigente.

Este martes, con diferentes matices y perspectivas, Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío y Sergio Valls, se sumaron a la postura del ministro ponente Fernando Franco y de Luis María Aguilar por la inconstitucionalidad del artículo que protege la vida de manera absoluta, desde la concepción.

Mientras que, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Margarita Luna Ramos, apoyaron la postura de Sergio Aguirre del pasado lunes, “en defensa de la vida” y por ende, por la validez de la reforma en Baja California.

Olga Sánchez Cordero destacó por su parte, que si bien, los estados de la República pueden ampliar los derechos fundamentales, no pueden restringirlos , como es el caso de los derechos inherentes a la mujer y de su salud reproductiva.

Agregó que de mantenerse la vigencia del artículo séptimo de Baja California, quedarían sin efecto derechos como el de la voluntad de muerte anticipada –como lo reconoce la Ley General de Salud, además de que provocará una “profunda incertidumbre” a las mujeres que recurren a métodos anticonceptivos, “porque habrá ocasiones en el que el dispositivo intrauterino (DIU) y la anticoncepción de emergencia inhiban la fecundación y habrá otras en que sean inhibitorias de la implantación, y en consecuencia, pudiera considerarse que privan la vida de otro”.

De manera que una mujer que decide ponerse el DIU o utilizar la anticoncepción de emergencia “no sabrá en qué casos está ejerciendo un derecho al utilizar un método anticonceptivo y en que otros estará cometiendo un delito privado de la vida a otra persona”.

La sesión continuará mañana miércoles.

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