jueves, julio 14, 2011

La Corte, los fueros y la certidumbre

Jorge Fernández Menéndez

La resolución de la Suprema Corte de Justicia que determina que cualquier caso de violación a los derechos humanos de civiles por parte de elementos militares deberá ser juzgada por tribunales civiles y no castrenses, es de enorme trascendencia y va mucho más allá de los delitos que pudieran cometer hombres o mujeres de uniforme.

En los hechos, la resolución de la Corte desata el debate que se había tejido en torno al tema del fuero civil y militar. Me parece además, la decisión más sensata: los delitos que sean del ámbito eminentemente militar deben seguir siendo juzgado por los tribunales y leyes militares, los que involucren violaciones graves a derechos humanos de civiles deben pasar a la justicia civil. Ese era, también, uno de los capítulos que tenía atorada la ley de seguridad nacional en el Congreso y ahora, con la decisión de la Corte puede allanarse su aprobación, por lo menos en ese punto (recordemos que la citada ley tiene que sufrir muchas más modificaciones, sobre todo en temas como los mandos de fuerzas militares respecto a autoridades civiles, en mecanismos de protección de información, de respeto a las propias instituciones militares, entre otros puntos).

No será sencillo darle trámite a este tipo de casos, primero porque el tema es complejo y no todos son de las características del caso Radilla (un hombre que fue desaparecido y muerto en forma clandestina por elementos militares en los años 70) que motivó la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que respaldó la Suprema Corte de Justicia. También es verdad, como han advertido muchos miembros de áreas de seguridad federal, militares y civiles, que en ocasiones son los propios integrantes de las organizaciones criminales quienes impulsan denuncias para frenar las acciones de militares y policías en su contra: lo hemos visto en todo el territorio nacional, la más reciente y evidente en Michoacán.

Lo que se debe tener, es un marco legal adecuado para la participación de las fuerzas armadas en los temas de seguridad. No puede ocurrir que, como sucedió en los años 70 en la lucha contra los grupos armados, o con hechos como el 86 o el halconazo, décadas después se planteen procesos con marcos legales que no existían en su momento. Lo sucedido con la comisión de crímenes del pasado, durante el sexenio pasado, lastimó mucho la relación con las fuerzas armadas y estuvo muy lejos de arrojar claridad sobre lo ocurrido. Ahora las fuerzas de seguridad y sobre todo los militares están participando activamente en un proceso más complejo, violento y extendió en la lucha contra el crimen organizado, teniendo que hacerse cargo en muchas ocasiones incluso de la seguridad pública en estados y municipios. Debe haber normas claras que les otorguen a los hombres y mujeres de uniforme, certidumbre y límites precisos para su accionar. Como hemos dicho, la resolución de la Corte sobre el fuero civil y militar, ayuda a acercar posiciones en la debatida ley de seguridad nacional, pero es impostergable que ésta, con las modificaciones necesarias, sea aprobada por el Congreso.

La decisión de la Corte le dará más oxígeno y transparencia a este tipo de casos y permitirá, simultáneamente, que las propias fuerzas armadas tenga un parámetro preciso para saber cómo actuar en este tipo de temas. En realidad, esta decisión creo que protege mucho más a la institución militar que cerrar esos casos estrictamente a la justicia militar.

Pero el tema va mucho más allá. La resolución de la Corte insiste en que México debe respetar todos los tratados internacional que ha suscrito y que se deben realizar las adecuaciones a la constitución y las leyes que los mismos determinan. Estamos hablando de cientos de normas que no se respetan con el argumento, que se manejó durante mucho tiempo, de que los tratados internacionales, aunque hubieran sido suscritos por México y avalados por el Senado, no podían estar por encima de la Constitución.

La Corte no dice que están por encima de la Carta Magna, sino que son parte de ordenamientos internacionales avalados por México que deben estar dentro de la Constitución y las leyes. Eso implica la obligatoriedad de cambios en muchas áreas, en forma notable, por ejemplo, en la electoral. Hay convenios y decisiones de tribunales internacionales que México reconoce, que se deberán aplicar en el terreno de lo electoral, de la seguridad, de la ecología, de la justicia.

No sé cómo se terminará implementando está decisión en el terreno político y legislativo. Por lo pronto la propia Corte exhortó a todos los tribunales del país, en todos los niveles, a aceptar e impulsar esta norma en todos los procesos en los que se vean involucrados. Si es así, se reducirá la discrecionalidad y seremos cada vez más parte de un sistema de justicia y de leyes equiparable a nivel global.

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