Culpan a la Corte de la eventual extinción de mercados, misceláneas y pequeños comercios

PATRICIA DÁVILA

MÉXICO, D.F., (apro).- La Cámara Nacional de la Industria Panificadora y Similares de la República Mexicana responsabilizó hoy a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de la eventual desaparición de mercados públicos, tiendas de conveniencia, tortillerías y panaderías en el país al declarar inconstitucional la norma 29 sobre uso de suelo aprobada hace dos años por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) con el fin de proteger al pequeño comercio de las tiendas de autoservicio, como la trasnacional Walmart.

Leopoldo González, vicepresidente del organismo, urgió al Congreso de la Unión que trabajé en la elaboración de una nueva ley para obligar a las grandes cadenas comerciales a tener buenas y sanas prácticas comerciales, con el fin de proteger al pequeño comercio.

Recordó que la Norma 29 de Mejoramiento de las Condiciones de Equidad y Competitividad para el Abasto Público” protegía de alguna manera a los pequeños comerciantes al impedir que las grandes cadenas se establecieran en las inmediaciones de sus negocios.

Esto decía a la letra, la normatividad surpimida por la Corte:

“Los establecimientos mercantiles en los que se pretenda preponderantemente la venta de artículos que conforman la canasta  de productos básicos y, de manera complementaria, la de ropa y calzado, bajo el sistema de autoservicio, con el uso de tienda de autoservicio, supermercado, minisúper o tienda de conveniencia, sólo podrán situarse en predios cuya zonificación secundaria sea Habitacional Mixto (HM), así como en predios con frente a vías públicas en los que resulte aplicable alguna  “norma de ordenación sobre vialidad” que otorgue la zonificación HM indicada en el plano del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano correspondiente”.

Prosigue:

“Se exceptúa de la aplicación de esta norma a los establecimientos mercantiles que tengan el uso de suelo de tienda de abarrotes o miscelánea”.

Según el dirigente de la industria panificadora, con la determinación de invalidar esta norma se afectará el mercado tradicional, como de la pequeña y mediana empresa que actualmente genera el 90% del empleo en México.

En contraparte, los grandes monopolios comerciales tienen ahora “manga ancha” para establecerse arbitrariamente.

“La SCJN olvidó que por cada empleo que da una tienda de supermercado, quita siete empleos en la zona en la que existe comercio tradicional y en menos de cinco años la mitad de los comercio ubicados en las inmediaciones de las grandes cadenas comerciales cierran, generando desempleo, delincuencia y ambulantaje”, afirmó.

Para Leopoldo González es lamentable que los ministros de la Suprema Corte de Justicia hayan votado 10 contra uno, para determinar que  la Norma 29, expedida por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en el 2011, viola el artículo 28 de la Constitución por ser contraria a los principios de libre competencia y libre concurrencia, además de atentar contra los intereses de los consumidores.

Ello, a pesar de que el objetivo de la norma tenía como propósito proteger a los mercados tradicionales, misceláneas y tiendas de abarrotes ya que el establecimiento de estas tiendas comerciales va en detrimento de la calidad de vida, comercio tradicional, de la pequeña y mediana empresa.

“Si bien es cierto que el consumidor es capaz de discernir sobre dónde adquiere sus alimentos, también es verdad que las grandes cadenas comerciales promocionan ofertas engañosas para desaparecer a la competencia”, señaló.

Hizo referencia a que en los países desarrollados como Europa y Asia están prohibidas estas prácticas desleales que realizan las grandes cadenas comerciales.

Para González, la Norma 29 es una norma de uso de suelo que se legisló porque las tiendas de autoservicio, principalmente Walmart, estaban violando los usos de suelo en toda la ciudad, olvidando que Walmart tiene un proceso abierto en Estados Unidos por corromper a funcionarios Mexicanos.

Advirtió que ahora los establecimientos mercantiles podrán vender artículos que conforman la canasta de productos básicos y de manera complementaria, la de ropa y calzado.

“Bajo el sistema de autoservicio, con el uso de tienda de autoservicio, supermercado o minisúper, ahora,  podrán situarse en predios sin importar el lugar y la afectación que generen al entorno económico-social”, concluyó.

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