La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), limitó de 3,000 Unidades de Inversión (Udis), unos 14,781 pesos a 1,500 udis (unos 7,390 pesos) el monto mensual de depósito para las cuentas de ahorro del llamado nivel 2 que se abren con mínimos requisitos y que están ligadas a un teléfono móvil, hasta en tanto no cumplan con las nuevas disposiciones de verificación de clientes. Lo anterior, con el fin de alinear la nueva banca por celular a las reglas antilavado.
En una resolución que reforma las disposiciones a las que se sujetan las instituciones de crédito en materia de identificación de clientes, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se establece que todos los bancos que manejen ese tipo de cuentas (nivel 2) y que están relacionadas a un teléfono móvil u otro dispositivo de comunicación equivalente, deberán validar la Clave Única del Registro de Población (CURP) y el número de teléfono móvil proporcionados, conforme a los procedimientos que autorice el órgano supervisor.
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