AFP
La Suprema Corte de Justicia de México declaró el martes inconstitucional el artículo del Código Militar que prevé que los militares que atenten contra civiles sean juzgados por tribunales castrenses, y determinó que estos uniformados sean procesados en tribunales ordinarios.
En una votación de ocho votos a favor de la inconstitucionalidad y dos en contra, el pleno de la Suprema Corte declaró inconstitucional el artículo 57 del Código de Justicia Militar mexicano, emitido en 1933.
Este artículo implica que "civiles tengan que comparecer ante autoridades militares para hacer efectivos sus derechos de acceso a la impartición de justicia y reparación del daño", lo que contradice la Constitución mexicana, dijo la ministra Olga Sánchez Cordero.
Este fallo se deriva de un amparo promovido por un ciudadano del estado de Guerrero (sur), cuyo hermano fue últimado por un militar en un retén del Ejército en 2009.
El militar señalado como responsable está siendo juzgado por un juez castrense, pero con este fallo la Suprema Corte enviará el expediente a un tribunal civil de Guerrero.
En diciembre de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado mexicano reformar el artículo 57 del Código Militar a fin de que los elementos de las Fuerzas Armadas acusados de atentar contra civiles sean juzgador por tribunales ordinarios.
Sin embargo, en el Legislativo mexicano no se ha alcanzado un acuerdo para proceder a la reforma de este artículo ahora declarado inconstitucional.
La semana pasada, la Suprema Corte mexicana emitió otros fallos que limitan de manera importante el fuero militar en el marco del análisis de 28 casos en los que están involucrados elementos de las Fuerzas Armadas y civiles.
El enjuiciamiento de militares por tribunales civiles ha sido uno de los principales reclamos de organizaciones de defensa de los derechos humanos desde que el gobierno mexicano decidió, en diciembre de 2006, emplear al ejército en una amplia ofensiva contra los cárteles del narcotráfico.
La Suprema Corte de Justicia de México declaró el martes inconstitucional el artículo del Código Militar que prevé que los militares que atenten contra civiles sean juzgados por tribunales castrenses, y determinó que estos uniformados sean procesados en tribunales ordinarios.
En una votación de ocho votos a favor de la inconstitucionalidad y dos en contra, el pleno de la Suprema Corte declaró inconstitucional el artículo 57 del Código de Justicia Militar mexicano, emitido en 1933.
Este artículo implica que "civiles tengan que comparecer ante autoridades militares para hacer efectivos sus derechos de acceso a la impartición de justicia y reparación del daño", lo que contradice la Constitución mexicana, dijo la ministra Olga Sánchez Cordero.
Este fallo se deriva de un amparo promovido por un ciudadano del estado de Guerrero (sur), cuyo hermano fue últimado por un militar en un retén del Ejército en 2009.
El militar señalado como responsable está siendo juzgado por un juez castrense, pero con este fallo la Suprema Corte enviará el expediente a un tribunal civil de Guerrero.
En diciembre de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado mexicano reformar el artículo 57 del Código Militar a fin de que los elementos de las Fuerzas Armadas acusados de atentar contra civiles sean juzgador por tribunales ordinarios.
Sin embargo, en el Legislativo mexicano no se ha alcanzado un acuerdo para proceder a la reforma de este artículo ahora declarado inconstitucional.
La semana pasada, la Suprema Corte mexicana emitió otros fallos que limitan de manera importante el fuero militar en el marco del análisis de 28 casos en los que están involucrados elementos de las Fuerzas Armadas y civiles.
El enjuiciamiento de militares por tribunales civiles ha sido uno de los principales reclamos de organizaciones de defensa de los derechos humanos desde que el gobierno mexicano decidió, en diciembre de 2006, emplear al ejército en una amplia ofensiva contra los cárteles del narcotráfico.
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