TEPJF niega a AMLO acudir a audiencias de elección presidencial

Argumentó que la petición no fue hecha en tiempo y forma, sin que signifique esté en indefensión.

Fabiola Martínez y Alonso Urrutia


México, DF. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) negó a Andrés Manuel López Obrador la posibilidad de acudir a las audiencias del juicio contra la elección presidencial.

Los magistrados rechazaron por unanimidad la solicitud del candidato presidencial de la coalición Movimiento Progresista bajo el argumento de que la petición no fue hecha en tiempo y forma.

López Obrador promovió la solicitud – para acudir en calidad de ‘coadyuvante’- el 8 de agosto cuando el tiempo legal para realizar este trámite era del 9 al 12 de julio, de manera simultánea a la interposición del juicio de inconformidad.

En sesión de la Sala Superior, los magistrados reconocieron que toda persona tiene derecho a ser oída, con las garantías debidas y por un juez independiente e imparcial; sin embargo, subrayaron, hay plazos establecidos para solicitar la comparecencia de este tipo.

El magistrado Pedro Esteban Penagos dijo que la decisión del Tribunal “no significa que se deje al candidato en estado de indefensión porque la coalición interpuso un juicio de inconformidad (para solicitar se declare la invalidez de la elección presidencial) y es a ésta a la que corresponde tutelar los derechos del candidato”.

De esta manera – agregó- se salvaguarda el derecho a la defensa y se preservan los principios al debido proceso legal.

El Sistema de Medios de Impugnación, en el artículo 54, establece que el juicio de inconformidad sólo podrá ser promovido por partidos o coaliciones y, si el candidato quiere acudir como coadyuvante, deberá realizar un trámite en particular.

El magistrado presidente Alejandro Luna Ramos dijo que apoya el sentido de la resolución porque – pese a la negativa al perredista- no se le deja en la indefensión.

En la ponencia aprobada esta tarde, el TEPJF indica que los candidatos sí pueden acudir a las audiencias, como coadyuvantes en el juicio, siempre que acrediten por escrito su condición de candidato y entreguen la solicitud ante el lapso marcado.

La coalición Movimiento Progresista presentó demanda de juicio de inconformidad el 12 de julio, esto es, cuatro días posteriores a los cómputos distritales.

“Se considera que Andrés Manuel López Obrador lo hizo fuera del plazo legalmente establecido porque compareció hasta el 8 de agosto del año en curso, siendo que lo debió de haber hecho dentro del plazo que transcurrió del 9 al 12 de julio de 2012.

“Por lo anterior, en el proyecto se propone no reconocer a Andrés Manuel López Obrador el carácter de ayudante de la actora en el juicio de cuenta. La coalición, al tener reconocido en el juicio de inconformidad el carácter de actora, es quien es la defensa integral del candidato”, se indica en el texto aprobado.

La sesión de la Sala Superior continúa y, dentro del cúmulo de asuntos, los magistrados resolverán la integración de la próxima legislatura, una vez de que determinen si dan la razón a algún partido o coalición dentro de los recursos de reconsideración.

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