Lo que seguiría a la posible invalidez de la elección presidencial, que determinará el Tribunal Electoral, sería el nombramiento de un presidente interino y convocar a nuevas elecciones.
Aristegui Noticias
La invalidación de la elección presidencial es una posibilidad jurídica y dependerá de las pruebas que haya presentado el Movimiento Progresista para acreditar ante el Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que no hubo elecciones libres ni auténticas.
Esto es lo que ocurriría si los magistrados establecen la invalidez de los comicios:
1- El TEPJF invalida la elección presidencial y establece los lineamientos para la reposición del proceso.
2- El 1 de diciembre, al no darse la toma de protesta, el Congreso de la Unión -diputados y senadores- tendría que convocar a una jornada para elegir a un presidente interino.
3-El Congreso tendría un plazo no mayor a 60 días para la elección del presidente interino, que sería designado por una mayoría simple.
4-El presidente interino tomaría posesión en un plazo no mayor a 7 días, después de ser elegido por el Congreso.
5- Se convocan a nuevas elecciones en un plazo de 15 a 18 meses, es decir, para 2014.
Consulta a continuación el artículo constitucional que establece el interinato:
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La invalidación de la elección presidencial es una posibilidad jurídica y dependerá de las pruebas que haya presentado el Movimiento Progresista para acreditar ante el Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que no hubo elecciones libres ni auténticas.
Esto es lo que ocurriría si los magistrados establecen la invalidez de los comicios:
1- El TEPJF invalida la elección presidencial y establece los lineamientos para la reposición del proceso.
2- El 1 de diciembre, al no darse la toma de protesta, el Congreso de la Unión -diputados y senadores- tendría que convocar a una jornada para elegir a un presidente interino.
3-El Congreso tendría un plazo no mayor a 60 días para la elección del presidente interino, que sería designado por una mayoría simple.
4-El presidente interino tomaría posesión en un plazo no mayor a 7 días, después de ser elegido por el Congreso.
5- Se convocan a nuevas elecciones en un plazo de 15 a 18 meses, es decir, para 2014.
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