IFE multa a Movimiento Progresista por spot 'Miles de Pruebas'
Es un monto total de un millón 482 mil 420 pesos por la emisión del spot denominado “Miles de pruebas”.
Francisco Rubio / Noticias MVS
Aun y con la posibilidad legal de acumular los recursos de inconformidad que presentaron de manera independiente el PRI y las empresas financiera Monex y de autoservicio Soriana, en contra del spot de la coalición “Movimiento Progresista”, el Consejo General del IFE determinó discutir y aprobar cada una de las querellas, donde a final de cuentas se impuso una multa al PRD, PT y Movimiento Ciudadano total de un millón 482 mil 420 pesos.
Al tener presente el mandato del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de suspender dicho promocional, donde por cierto, se escucha la voz de la periodista Carmen Aristegui, al considerar que se utilizó expresiones denigratorias y calumniosas, los consejeros del IFE determinaron con seis votos a favor y tres en contra, sancionar en lo individual al PRD con 563 mil 89 pesos, al PT con 493 mil 154 pesos y a Movimiento Ciudadano con 434 mil 066 pesos por la difusión de dicho spot.
El consejero presidente Leonardo Valdés Zurita, consideró que el órgano jurisdiccional se pronunció en torno del contenido del promocional que va en contra del artículo 41 de la constitución.
“Creo que si debe llevarnos, o por lo menos a mi me lleva a la conclusión de que sí hay un pronunciamiento de fondo de parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que califica el contenido de este promocional una violación al artículo 41 de la Constitución y, en consecuencia al COFIEPE que son tajantes, los partidos deben abstener de incluir expresiones que denigren o calumnien en su propaganda electoral”.
El representante del PRD ante el IFE, Camerino Márquez Madrid, calificó la multa como un exceso y un retroceso político por parte de la autoridad electoral, pues consideró que hay evidencias del fraude electoral que alegan los partidos de izquierda. Defendió el derecho de libertad de expresión de los partidos políticos, y confió en que las investigación es darán la razón a quienes defienden la invalidez de la elección presidencial.
“Que son temas del interés público, que se están debatiendo en el país, que los mexicanos saben y se enteran cotidianamente en las redes sociales, en los programas noticiosos del país y del extranjero, que hay actores políticos y militantes destacados del PRI acusados de lavado de dinero y otros que están detenidos purgando una sentencia y, me voy a referir simple y sencillamente al destacado asunto de Mario Villanueva Madrid, al asunto de Tomás Yarrington y también al ex dirigente nacional de este partido Humberto Moreira”.
Al respecto, el representante del PRI ante el IFE, Sebastián Lerdo de Tejada, llamó la atención de los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias, luego de que en primera instancia, negaron girar medidas cautelares en contra de dicho spot, pues, ahora los magistrados les concedieron la razón.
“Y segundo, paraqué la propia Comisión de Quejas y ésta es una recomendación respetuosa, a quienes integran la Comisión de Quejas vayan teniendo un poco más de cuidado. Déjenme decirlo respetuosamente así, con el viejo debate de no hay o si hay imputaciones directas a delitos. Es evidente que hay imputaciones directas a delitos. Y son imputaciones que han hecho frívolamente quienes promueven estos spots a mi partido y al candidato ganador de la presidencia de la República”.
En este sentido, mientras que en el proyecto elaborado por el secretario Ejecutivo del IFE, Edmundo Jacobo Molina se propuso declarar infundado el recurso priista, los consejeros dieron un giro al mismo, al sostener que dicho promocional no está amparado en la libertad de expresión.
Al respecto el consejero, Francisco Javier Guerrero Aguirre, refirió “Por lo que desde mi perspectiva no están amparados por la libertad de expresión, ya que presentan como conductas hasta ahora no calificadas ni acreditadas por autoridad alguna y se les da ya una calificación. Se señala que el contenido del promocional se refiere a las acusaciones de supuesta compra de votos y de lavado de dinero, que es sin acusar al PRI o a su candidato de la comisión de estos delitos pretende que se infiera que el responsable de estos actos posiblemente delictivos es precisamente ese partido político y su candidato”.
Por lo que se refiere a la queja que presentaron por separado las empresas financiera, Monex y de autoservicio Soriana, los consejeros determinaron con voto dividido declararlas infundadas.
Y es que al estar presente la multa que aplicaron a los tres partidos políticos, PRD, PT y Movimiento Ciudadano, poco falto para encontrarse en el rango de tope de sanción, no se podía imponer una penalidad similar, además de tener presente el precepto legal de que nadie puede ser juzgado por el mismo caso.
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