Avala la Suprema Corte del Chapo se juzgue crimen de soldado sin el fuero militar

Avala SCJN se juzgue crimen de soldado sin el fuero militar

En una decisión histórica, también se les reconocerá como coadyuvantes en el proceso penal seguido al acusado, determina.

Jesús Aranda / La Jornada


México, DF. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inclinó la balanza a favor de emitir una resolución histórica: declaró que los deudos de una víctima –muerta a tiros en un retén militar en 2009- están legitimados para presentar juicio de amparo para evitar que el soldado responsable de la muerte de su familiar sea juzgado en el fuero de guerra y que se les reconozca como coadyuvantes en el proceso penal que le siga al acusado por el delito de homicidio.

En la sesión de este miércoles se perfiló una mayoría en la discusión en la que el máximo tribunal discute los límites del fuero militar a favor de reconocer el derecho que tienen el padre y hermano de Bonfilio Rubio Villegas, indígena nahua que fue ejecutado en un retén montado en Huamuxtitán, Guerrero, en 2009, a fin de que se les reconozca su personalidad jurídica en el delito de homicidio cometido por las fuerzas armadas, en que se violaron los derechos humanos de un civil.

Además, consideraron hoy Arturo Zaldívar y Jorge Pardo, porque en este caso, “como falleció la víctima es imposible” que promueva el proceso.

Ambos ministros se sumaron a la posición asumida por la ministra instructora Olga Sánchez Cordero, el ministro presidente Juan N. Silva Meza, José Ramón Cossío y Sergio Valls del pasado lunes, quienes señalaron que debe ser reconocido el derecho de los quejosos para que el proceso sea llevado por el fuero civil.

Arturo Zaldívar señaló que esta sentencia tiene como antecedente cuatro sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), entre estos el caso Rosendo Radilla, en las que se condenó al Estado Mexicano por no haber actuado de manera diligente y por permitir que los procesos en contra de los militares involucrados se desahogaran en el fuero de guerra, con lo que se vulneró el derecho natural de los familiares de las víctimas de ser oídos y actuar en busca del castigo a los responsables y la debida reparación del daño.

La CIDH, indicó Zaldívar, ha dicho que las víctimas de delitos y sus familiares deben ser considerados víctimas y que se debe permitir que sean parte de los procesos. “No sólo es obligación constitucional e internacional del Estado mexicano (reconocer este derecho), sino ética del Estado mexicano”.

Sergio Aguirre Anguiano cuestionó la propuesta al señalar que no se puede hablar del derecho de cualquier familiar, sino que deben ser los sucesores legítimos de la víctima. “Hablar de parientes y familiares es muy delicado; si van a reemplazar a la víctima que ya no es más (que ya murió), cuando menos que sean los sucesores legítimos”, insistió.

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