TEPJF exonera a Calderón y al PRI de sanciones del IFE

Los magistrados del TEPJF resolvieron 24 medios de impugnación, entre ellos los que exoneran al presidente Felipe Calderón y al PRIde sendas sanciones que les había impuesto el IFE.

Notimex


Mientras el personal del Tribunal Electoral federal trabaja a marchas forzadas en la resolución de las impugnaciones a los resultados de los comicios del 1 de julio, los magistrados resolvieron hoy diversas controversias sobre las campañas electorales.

En la sesión de este miércoles, los magistrados del máximo tribunal resolvieron 24 medios de impugnación, entre ellos los que exoneran al presidente Felipe Calderón y al Partido Revolucionario Institucional (PRI) de sendas sanciones que les había impuesto el Instituto Federal Electoral (IFE).

En el caso del primer mandatario, la Sala Superior revocó una resolución del Consejo General del IFE, que había declarado fundado un procedimiento especial sancionador por el envío de cartas a beneficiarios de un crédito hipotecario otorgado por el Fovissste.

El proyecto elaborado por el magistrado presidente, Alejandro Luna Ramos, y respaldado por el resto de los magistrados, sostuvo que no se trató de propaganda personalizada, ya que la carta se limitaba a informar sobre el periodo de pago de los créditos y fueron enviados en el periodo de intercampaña.

En ese contexto, los magistrados consideraron que no podía sostenerse que el objetivo era influir en las campañas electorales, como lo afirmaba el quejoso, el senador del PRD, Pablo Gómez Álvarez.

Asimismo, revocaron la resolución del IFE que sancionaba al PRI con 545 mil 710 pesos, por la difusión del spot denominado “Charolazo”, por considerarlo calumnioso y denigratorio en agravio de Luis Javier Creel Carrera.

Se trata del promocional dónde Creel Carrera, Luis Mandoki y el operador electoral de Andrés Manuel López Obrador solicitaron presuntamente seis millones de dólares a empresarios para reforzar la campaña electoral del tabasqueño.

Los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvieron que en el citado spot no había calumnia ni denigración contra el quejoso, ya que el spot se limitaba a señalar el hecho público, no desmentido de que la reunión tuvo lugar.

En otro asunto, el TPJDF ratificó la multa impuesta por el organismo electoral por tres millones 340 mil pesos contra el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), por hacer propaganda electoral a través de llamadas telefónicas durante el periodo de intercampañas.

Asimismo, ratificó la sanción contra Mario Delgado, candidato al Senado por el Distrito Federal, por actos anticipados de campaña, al promover fuera de tiempo una melodía que promocionaba su candidatura.

En forma paralela, el personal del máximo tribunal trabaja de manera intensa en la resolución de los 356 recursos de impugnación recibido en la Sala Superior sobre los resultados de los comicios del pasado 1 de julio.

De esa forma, cada magistrado deberá resolver, poco más de 50 impugnaciones durante los próximos dos meses.

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