Apro
Grupo Televisa deberá pagar al Sistema de Administración Tributaria (SAT) 91.7 millones de pesos por un crédito fiscal fincado en 2006, al negarle la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un recurso en contra de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Por cuatro votos a favor y uno en contra –de la ministra Olga Sánchez Cordero–, la Corte rechazó el amparo de Televisa para cuestionar la constitucionalidad de un artículo de la referida ley que en 1999 regulaba la amortización de pérdidas fiscales de las empresas sujetas al régimen de consolidación fiscal.
El crédito fue fincado en 2006, luego de que el SAT determinó que el consorcio televisivo omitió pagar 29.6 millones de pesos de ISR del ejercicio de aquel año, monto al que se sumaron 38.8 millones de pesos por actualizaciones y 14.8 millones de pesos por multa.
Antes de la negativa por parte de la SCJN, un tribunal colegiado de circuito ya había rechazado, el pasado 12 de abril, todos los argumentos de Televisa sobre la supuesta aplicación incorrecta de la ley por parte del SAT.
La autoridad concluyó que en su declaración de 1999 Televisa no reflejó el efecto fiscal que tuvo la desincorporación de algunas empresas filiales que estaban en el régimen consolidado.
La empresa alegó que se le estaba aplicando retroactivamente una reforma de 1999 al régimen de consolidación, hecho que fue rechazado por el tribunal.
También alegó que el SAT debió compensar el ISR que no pagó por el ejercicio de 1999 contra el Impuesto al Activo que sí erogó, y que ascendió a 317.9 millones de pesos.
En respuesta, el tribunal señaló que Televisa debió solicitar esa compensación al SAT, pues la autoridad no es quien debe aplicarla de oficio.
“Si Grupo Televisa consideró que tenía derecho a acreditar contra el Impuesto al Activo alguna cantidad que le resultara a cargo por Impuesto sobre la Renta, así debió manifestarlo en el procedimiento de fiscalización, para que la autoridad se pronunciara al respecto, ya sea para considerarlo o bien para negarle ese derecho”, se lee en la sentencia del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.
Entre otros créditos que el SAT ha fincado a Televisa en los últimos años destaca el de finales de 2011, por 3 mil 334 millones de pesos, derivado de la supuesta deducción ilegal de una pérdida fiscal que correspondía a otra empresa, Comtelvi, adquirida por el consorcio en 2005 previo pago de 458 millones de pesos.
Este caso apenas está en las primeras etapas de litigio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Otro crédito fiscal relevante, éste por 996 millones de pesos, fue motivo de un arreglo en 2007 entre el SAT y Televisa, que liquidó un monto no revelado.
Grupo Televisa deberá pagar al Sistema de Administración Tributaria (SAT) 91.7 millones de pesos por un crédito fiscal fincado en 2006, al negarle la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un recurso en contra de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Por cuatro votos a favor y uno en contra –de la ministra Olga Sánchez Cordero–, la Corte rechazó el amparo de Televisa para cuestionar la constitucionalidad de un artículo de la referida ley que en 1999 regulaba la amortización de pérdidas fiscales de las empresas sujetas al régimen de consolidación fiscal.
El crédito fue fincado en 2006, luego de que el SAT determinó que el consorcio televisivo omitió pagar 29.6 millones de pesos de ISR del ejercicio de aquel año, monto al que se sumaron 38.8 millones de pesos por actualizaciones y 14.8 millones de pesos por multa.
Antes de la negativa por parte de la SCJN, un tribunal colegiado de circuito ya había rechazado, el pasado 12 de abril, todos los argumentos de Televisa sobre la supuesta aplicación incorrecta de la ley por parte del SAT.
La autoridad concluyó que en su declaración de 1999 Televisa no reflejó el efecto fiscal que tuvo la desincorporación de algunas empresas filiales que estaban en el régimen consolidado.
La empresa alegó que se le estaba aplicando retroactivamente una reforma de 1999 al régimen de consolidación, hecho que fue rechazado por el tribunal.
También alegó que el SAT debió compensar el ISR que no pagó por el ejercicio de 1999 contra el Impuesto al Activo que sí erogó, y que ascendió a 317.9 millones de pesos.
En respuesta, el tribunal señaló que Televisa debió solicitar esa compensación al SAT, pues la autoridad no es quien debe aplicarla de oficio.
“Si Grupo Televisa consideró que tenía derecho a acreditar contra el Impuesto al Activo alguna cantidad que le resultara a cargo por Impuesto sobre la Renta, así debió manifestarlo en el procedimiento de fiscalización, para que la autoridad se pronunciara al respecto, ya sea para considerarlo o bien para negarle ese derecho”, se lee en la sentencia del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.
Entre otros créditos que el SAT ha fincado a Televisa en los últimos años destaca el de finales de 2011, por 3 mil 334 millones de pesos, derivado de la supuesta deducción ilegal de una pérdida fiscal que correspondía a otra empresa, Comtelvi, adquirida por el consorcio en 2005 previo pago de 458 millones de pesos.
Este caso apenas está en las primeras etapas de litigio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Otro crédito fiscal relevante, éste por 996 millones de pesos, fue motivo de un arreglo en 2007 entre el SAT y Televisa, que liquidó un monto no revelado.
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