El Economista
Este jueves, el Pleno resolvió aprobar por cuatro votos a favor (de los comisionados Eduardo Pérez Motta, Rodrigo Morales Elcoro, Luis Aguirre Ibarra Pardo y Cristina Massa) la concentración entre Televisa e Iusacell, pero sujeta al cumplimiento de condicionamientos, que buscan evitar el riesgo de colusión entre ambas empresas.
El comisionado Miguel Flores Bernés votó en contra de la alianza.
A continuación los condicionamientos impuestos por la CFC:
EN TELEVISIÓN ABIERTA
-Licitación de tercera cadena: Si al término de 24 meses no se ha realizado exitosamente la licitación de una tercera cadena de televisión abierta, se detonará automáticamente un mecanismo de disolución de la sociedad entre Grupo Televisa y Grupo Salinas en Iusacell, que conducirá a que uno de ellos venda su participación al otro, eliminando por completo el vínculo corporativo entre ambos grupos.
Con ello se busca contrarrestar un eventual entorpecimiento abierto a la licitación por medio de litigios. Incluso, si la CFC acredita que cualquiera de los dos grupos intenta lo anterior de manera encubierta, el grupo correspondiente estará obligado a enajenar a un tercero un canal nacional de televisión abierta.
-No discriminación en venta de publicidad: Televisa y TV Azteca (esta última también propiedad de Grupo Salinas) están obligadas a vender espacios publicitarios a cualquier empresa de telecomunicaciones, en condiciones de mercado, es decir, al precio promedio para cada canal y franja horaria.
-Prohibición de ventas atadas de los servicios de Iusacell: Televisa y TV Azteca tienen prohibido condicionar la venta de espacios publicitarios a la contratación de Iusacell por parte de sus clientes.
-Administración separada: El consejo de administración de Iusacell no puede incluir empleados de otras empresas de Grupo Televisa y Grupo Salinas que estén directamente involucrados en el negocio de televisión abierta o restringida. Los principales directivos de Iusacell deben estar completamente desligados de la administración de cualquier otra empresa de Grupo Televisa y Grupo Salinas.
EN TELEVISIÓN RESTRINGIDA
-Venta separada de contenidos de televisión abierta y restringida: Los contenidos de televisión abierta son un insumo esencial para las empresas de televisión restringida. Por ello, Televisa ha estado obligada a vender sus contenidos de manera no discriminatoria desde el 2006. A partir de ahora, adicionalmente está obligada a separar las señales abiertas de las señales restringidas, las cuales se vendían en paquete hasta ahora.
TV Azteca igualmente adquiere la obligación de vender sus contendidos de televisión abierta de manera no discriminatoria y sin empaquetarlos con otros
contenidos.
-Prohibición de empaquetamiento Televisa-TV Azteca: Las empresas están obligadas a comercializar por separado sus contenidos de televisión abierta a los concesionarios de televisión restringida.
-Total Play sin participación de Grupo Televisa: La empresa Total Play, dedicada a ofrecer servicios de triple play (telefonía, televisión restringida e internet) en el Valle de México deja de ser parte de la sociedad entre Grupo Televisa y Grupo Salinas para integrarse exclusivamente a Grupo Salinas. Con ello, se evita que Grupo Televisa, propietario de Cablevisión, tenga participación accionaria en un competidor.
Para verificar el cumplimiento de las anteriores condiciones, Grupo Televisa y Grupo Salinas están obligados a entregar a la CFC toda la información necesaria, así como a someterse a auditorías independientes.
El incumplimiento de las condiciones detonaría el mecanismo de disolución de la sociedad, dejando a uno de los accionistas como dueño único de Iusacell.
Además, acarrearía una multa máxima de hasta 10% de los ingresos anuales de las empresas involucradas, conforme a las fracciones VIII y XI del artículo 35º de la Ley de Competencia.
En conjunto, las condiciones que están obligadas a cumplir las empresas resuelven de manera efectiva los problemas de competencia derivados de la operación en los mercados de televisión abierta y televisión restringida.
Este jueves, el Pleno resolvió aprobar por cuatro votos a favor (de los comisionados Eduardo Pérez Motta, Rodrigo Morales Elcoro, Luis Aguirre Ibarra Pardo y Cristina Massa) la concentración entre Televisa e Iusacell, pero sujeta al cumplimiento de condicionamientos, que buscan evitar el riesgo de colusión entre ambas empresas.
El comisionado Miguel Flores Bernés votó en contra de la alianza.
A continuación los condicionamientos impuestos por la CFC:
EN TELEVISIÓN ABIERTA
-Licitación de tercera cadena: Si al término de 24 meses no se ha realizado exitosamente la licitación de una tercera cadena de televisión abierta, se detonará automáticamente un mecanismo de disolución de la sociedad entre Grupo Televisa y Grupo Salinas en Iusacell, que conducirá a que uno de ellos venda su participación al otro, eliminando por completo el vínculo corporativo entre ambos grupos.
Con ello se busca contrarrestar un eventual entorpecimiento abierto a la licitación por medio de litigios. Incluso, si la CFC acredita que cualquiera de los dos grupos intenta lo anterior de manera encubierta, el grupo correspondiente estará obligado a enajenar a un tercero un canal nacional de televisión abierta.
-No discriminación en venta de publicidad: Televisa y TV Azteca (esta última también propiedad de Grupo Salinas) están obligadas a vender espacios publicitarios a cualquier empresa de telecomunicaciones, en condiciones de mercado, es decir, al precio promedio para cada canal y franja horaria.
-Prohibición de ventas atadas de los servicios de Iusacell: Televisa y TV Azteca tienen prohibido condicionar la venta de espacios publicitarios a la contratación de Iusacell por parte de sus clientes.
-Administración separada: El consejo de administración de Iusacell no puede incluir empleados de otras empresas de Grupo Televisa y Grupo Salinas que estén directamente involucrados en el negocio de televisión abierta o restringida. Los principales directivos de Iusacell deben estar completamente desligados de la administración de cualquier otra empresa de Grupo Televisa y Grupo Salinas.
EN TELEVISIÓN RESTRINGIDA
-Venta separada de contenidos de televisión abierta y restringida: Los contenidos de televisión abierta son un insumo esencial para las empresas de televisión restringida. Por ello, Televisa ha estado obligada a vender sus contenidos de manera no discriminatoria desde el 2006. A partir de ahora, adicionalmente está obligada a separar las señales abiertas de las señales restringidas, las cuales se vendían en paquete hasta ahora.
TV Azteca igualmente adquiere la obligación de vender sus contendidos de televisión abierta de manera no discriminatoria y sin empaquetarlos con otros
contenidos.
-Prohibición de empaquetamiento Televisa-TV Azteca: Las empresas están obligadas a comercializar por separado sus contenidos de televisión abierta a los concesionarios de televisión restringida.
-Total Play sin participación de Grupo Televisa: La empresa Total Play, dedicada a ofrecer servicios de triple play (telefonía, televisión restringida e internet) en el Valle de México deja de ser parte de la sociedad entre Grupo Televisa y Grupo Salinas para integrarse exclusivamente a Grupo Salinas. Con ello, se evita que Grupo Televisa, propietario de Cablevisión, tenga participación accionaria en un competidor.
Para verificar el cumplimiento de las anteriores condiciones, Grupo Televisa y Grupo Salinas están obligados a entregar a la CFC toda la información necesaria, así como a someterse a auditorías independientes.
El incumplimiento de las condiciones detonaría el mecanismo de disolución de la sociedad, dejando a uno de los accionistas como dueño único de Iusacell.
Además, acarrearía una multa máxima de hasta 10% de los ingresos anuales de las empresas involucradas, conforme a las fracciones VIII y XI del artículo 35º de la Ley de Competencia.
En conjunto, las condiciones que están obligadas a cumplir las empresas resuelven de manera efectiva los problemas de competencia derivados de la operación en los mercados de televisión abierta y televisión restringida.
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