Caso 2. En la casilla 5885 básica del Edo. de México, los ciudadanos contaron 196 votos para la Coalición, pero al capturar esa acta en los cómputos distritales, 100 votos se esfumaron, como se muestra a continuación:
Curiosamente esta casilla en el PREP fue capturada completamente diferente 140 votos para el PAN, 88 votos para la Alianza y 202 votos para la Coalición (¿por qué?)
Al resultado en este distrito por lo tanto le faltaron 100 votos y debió ser 64,581 votos y no 64,481 votos como establecieron los cómputos y se muestra a continuación:
Este distrito no fue impugnado por la Coalición, pero sí por el PAN, pero la impugnación fue desechada pues se hizo fuera del plazo señalado por la ley (sólo 4 días), pero lo más simpático del caso es que en la página del TRIFE que alude al mencionado juicio SUP-JIN-363-2006, los datos que aparecen en él ¡¡no corresponden al distrito en cuestión (el 28)!!, pues según la página relativa al juicio, el PAN ganó con 51,606 votos y la Coalición solo obtuvo 23,987 votos (es lo malo de hacer escritos con la vieja técnica de “cortar y pegar”).
Curiosamente esta casilla en el PREP fue capturada completamente diferente 140 votos para el PAN, 88 votos para la Alianza y 202 votos para la Coalición (¿por qué?)
Al resultado en este distrito por lo tanto le faltaron 100 votos y debió ser 64,581 votos y no 64,481 votos como establecieron los cómputos y se muestra a continuación:
Este distrito no fue impugnado por la Coalición, pero sí por el PAN, pero la impugnación fue desechada pues se hizo fuera del plazo señalado por la ley (sólo 4 días), pero lo más simpático del caso es que en la página del TRIFE que alude al mencionado juicio SUP-JIN-363-2006, los datos que aparecen en él ¡¡no corresponden al distrito en cuestión (el 28)!!, pues según la página relativa al juicio, el PAN ganó con 51,606 votos y la Coalición solo obtuvo 23,987 votos (es lo malo de hacer escritos con la vieja técnica de “cortar y pegar”).
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