En el recurso presentado por la francesa, ahora en prisión, quedó acreditado que agentes la detuvieron y no fue puesta a disposición inmediata del MP, a fin de realizar un montaje para la tv, señala el proyecto de Arturo Zaldívar.
Jesús Aranda
La ciudadana francesa Florence Cassez debe quedar en inmediata y absoluta libertad, establece el proyecto de dictamen elaborado por el ministro de la Suprema Corte y Justicia de la Nación (SCJN) Arturo Zaldívar.
El documento no establece la inocencia de la acusada, se limita a señalar que debido a la violación del debido proceso en su contra y al montaje televisivo que montó la Agencia Federal de Investigación –en aquel entonces dirigida por el actual secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna-, las pruebas en contra de la acusada “carecen de fiabilidad”, ya que los testimonios de las víctimas y las declaraciones de los policías “son producto de una deformación de la realidad provocada por los policías.
Además, la sentencia no se pronuncia sobre las pruebas en contra del otro detenido y novio de la francesa, Israel Vallarta Cisneros.
Al resolver el amparo directo presentado por Cassez en contra de la sentencia de sesenta años por secuestro dictada en el año 2006, Zaldívar sostiene que en el expediente de ese asunto quedó acreditado que los agentes de la policía federal en lugar de presentarla al ministerio público la llevaron al rancho Las Chinitas a fin de que participara en un montaje televisivo preparado por las autoridades que la detuvieron, con lo que violaron su derecho fundamental a ser puesta a disposición inmediata ante el Ministerio Público.
Además de no permitirle que contactara de inmediato al consulado francés, por lo que fueron violados sus derechos fundamentales como extranjero, a la notificación, contacto y asistencia consular.
En el documento del ministro, que se prevé sea resuelto por la primera sala de la corte, la próxima semana, destaca que la falta de una asistencia consular efectiva le impida al detenido, tener una comprensión básica del sistema penal al que se enfrenta, de los efectos que tiene la primera declaración ante las autoridades, así como la toma de decisiones para contratar a un abogado local para establecer una línea de defensa. Estos elementos tienen una importancia decisiva para evitar que el detenido quede en estado de indefensión.
Asimismo, subraya que el proyecto de dictamen que “no hay justificación para haber retenido a la acusada en la propiedad referida, “expuesta a una escenificación planeada y orquestada por la Agencia Federal de Investigación, con el objetivo de exponerla ante los medios de comunicación como la responsable de la comisión de los tres secuestros. Además, el montaje sobre hechos que nunca ocurrieron,“pretendieron causar un impacto en la opinión pública y en todas aquéllas personas ligadas al proceso penal”.
El documento concluye que la supuesta recreación de los hechos, que nunca ocurrieron, pretendieron causar un impacto en la opinión pública y en todas las personas ligadas al proceso.
Zaldívar “no censura que la prensa informe sobre los acontecimientos que resultan del interés nacional; censura que las autoridades encargadas de una detención deformen conscientemente la realidad con el fin de crear un filtro de esta realidad a fin de exponer a una persona frente a la sociedad y, principalmente, frente a las futuras partes del proceso, como los culpables del hecho delictivo.
Jesús Aranda
La ciudadana francesa Florence Cassez debe quedar en inmediata y absoluta libertad, establece el proyecto de dictamen elaborado por el ministro de la Suprema Corte y Justicia de la Nación (SCJN) Arturo Zaldívar.
El documento no establece la inocencia de la acusada, se limita a señalar que debido a la violación del debido proceso en su contra y al montaje televisivo que montó la Agencia Federal de Investigación –en aquel entonces dirigida por el actual secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna-, las pruebas en contra de la acusada “carecen de fiabilidad”, ya que los testimonios de las víctimas y las declaraciones de los policías “son producto de una deformación de la realidad provocada por los policías.
Además, la sentencia no se pronuncia sobre las pruebas en contra del otro detenido y novio de la francesa, Israel Vallarta Cisneros.
Al resolver el amparo directo presentado por Cassez en contra de la sentencia de sesenta años por secuestro dictada en el año 2006, Zaldívar sostiene que en el expediente de ese asunto quedó acreditado que los agentes de la policía federal en lugar de presentarla al ministerio público la llevaron al rancho Las Chinitas a fin de que participara en un montaje televisivo preparado por las autoridades que la detuvieron, con lo que violaron su derecho fundamental a ser puesta a disposición inmediata ante el Ministerio Público.
Además de no permitirle que contactara de inmediato al consulado francés, por lo que fueron violados sus derechos fundamentales como extranjero, a la notificación, contacto y asistencia consular.
En el documento del ministro, que se prevé sea resuelto por la primera sala de la corte, la próxima semana, destaca que la falta de una asistencia consular efectiva le impida al detenido, tener una comprensión básica del sistema penal al que se enfrenta, de los efectos que tiene la primera declaración ante las autoridades, así como la toma de decisiones para contratar a un abogado local para establecer una línea de defensa. Estos elementos tienen una importancia decisiva para evitar que el detenido quede en estado de indefensión.
Asimismo, subraya que el proyecto de dictamen que “no hay justificación para haber retenido a la acusada en la propiedad referida, “expuesta a una escenificación planeada y orquestada por la Agencia Federal de Investigación, con el objetivo de exponerla ante los medios de comunicación como la responsable de la comisión de los tres secuestros. Además, el montaje sobre hechos que nunca ocurrieron,“pretendieron causar un impacto en la opinión pública y en todas aquéllas personas ligadas al proceso penal”.
El documento concluye que la supuesta recreación de los hechos, que nunca ocurrieron, pretendieron causar un impacto en la opinión pública y en todas las personas ligadas al proceso.
Zaldívar “no censura que la prensa informe sobre los acontecimientos que resultan del interés nacional; censura que las autoridades encargadas de una detención deformen conscientemente la realidad con el fin de crear un filtro de esta realidad a fin de exponer a una persona frente a la sociedad y, principalmente, frente a las futuras partes del proceso, como los culpables del hecho delictivo.
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