Carlos Ramírez / Indicador Político
A casi un año de la firma del Acuerdo para la Cobertura Informativa de la Violencia, su incumplimiento por parte de medios y autoridades civiles ha abierto una brecha peligrosa de seguridad: El uso de averiguaciones previas para fines políticos o para revelaciones sensacionalistas.
De un lado, expedientes en proceso de integración y con informaciones no consolidadas se están usando para reventar precandidaturas políticas con revelaciones sobre acusaciones que aún carecen de confirmación y que la mayor parte de las veces suelen diluirse por falta de seriedad o de aportaciones probatorias.
De otro lado, la facilidad para obtener expedientes de averiguaciones previas ha expuesto a algunas autoridades de seguridad ante el peligro de revelar datos que pongan en riesgo vidas humanas. En diciembre de 2009 familiares de un marino que participó en el combate en que murió el capo Arturo Beltrán Leyva, en Cuernavaca, fueron asesinados en venganza en Tabasco.
La filtración de averiguaciones previas ha abierto a los medios a información no consolidada que incrimina a personas aún bajo investigación. Recientemente el periódico Reforma publicó, basados en averiguaciones previas, nombres de personal militar presuntamente señalado como responsable de algún delito pero aún en proceso de comprobación, poniendo en riesgo la vida de ellos, de sus familiares y de las propias fuerzas armadas.
El problema de la publicación de averiguaciones previas radica en el hecho de que la redacción de los textos suele acreditar culpabilidades mediáticas que más tarde se diluyen o no resultan serias o de confirmación de responsabilidades que acreditarían sentencias penales. De hecho, se trata de una reproducción en medios escritos del modelo de acusación del documental Presunto Culpable, donde las autoridades tergiversan procesos judiciales para inculpar a inocentes; las averiguaciones previas filtradas se usan como si fueran expedientes cerrados y sentenciados. Al final, en base al expediente de indagación, algunos medios sentencian a presuntos culpables.
Las acusaciones afectan por igual a delincuentes que a autoridades acusadas de abuso de autoridad y a políticos sospechosos de complicidad con el crimen organizado. En el Ejército existe la molestia por la filtración de averiguaciones previas y por la publicación del contenido de algunas de ellas, sobre todo por la forma en que se delatan nombres de militares presuntamente acusados de violación de derechos humanos, poniendo en peligro a sus familiares y de paso para usar asuntos parciales como una forma de desacreditar a la Secretaría de la Defensa Nacional y de manchar a los militares que luchan contra las bandas. De hecho, la filtración de expedientes parece formar parte de una estrategia que beneficia intencionadamente al crimen organizado.
En el fondo existe una violación legal. El artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, supuestamente en vigor, establece la prohibición de apertura y uso mediático de averiguaciones previas, lo que convierte su difusión en un delito paradójicamente para revelar la existencia de un delito:
“Al expediente de averiguación previa únicamente tendrán acceso el inculpado, su defensor y la víctima u ofendido o su representante legal. La averiguación previa, así como todos los documentos, independientemente de su contenido o naturaleza, y los objetos, registros de voz e imágenes o cosas que le estén relacionados, son estrictamente reservados.
“Para efectos de acceso a la información pública gubernamental, únicamente deberá proporcionarse una versión pública de la resolución de no ejercicio de la acción penal, siempre que haya transcurrido un plazo igual al de prescripción de los delitos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal Federal, sin que pueda ser menor de tres ni mayor de 12 años, contado a partir de que dicha resolución haya quedado firme.
“Si la resolución de no ejercicio de acción penal resulta de la falta de datos que establezcan que se hubiese cometido el delito, el Ministerio Público podrá proporcionar la información de acuerdo con las disposiciones aplicables, siempre y cuando no se ponga en riesgo indagatoria alguna.
“En ningún caso se podrá hacer referencia a información confidencial relativa a los datos personales del inculpado, víctima u ofendido, así como testigos, servidores públicos o cualquier persona relacionada o mencionada en la indagatoria…
“Al servidor público que quebrante la reserva de la información de la averiguación previa o proporcione copia de los documentos que contenga, se le sujetará al procedimiento de responsabilidad administrativa o penal que corresponda”.
La publicación de nombres de fuerzas de seguridad involucradas en presuntos delitos no sólo se convierte en otro delito sino, lo que es más grave, pone en riesgo a las familias de los señalados. En el pasado priísta, la filtración de averiguaciones previas se usaba por los delincuentes para amenazar a testigos y obligarlos a retraerse en sus declaraciones y hoy se utiliza por parte de los delincuentes para vengarse de las autoridades.
El fondo radica en el dilema del periodismo: La exclusiva o la vida, aunque ahora no referida a la vida del comunicador sino de los inculpados, aún a los propios delincuentes. Lo grave informativamente hablando es que las averiguaciones son procesos de investigación y no de conclusión de responsabilidades, por lo que su difusión significaría una perversión de la credibilidad periodística porque se dan por concluidos hechos no probados.
Al final, la publicación de averiguaciones es mera estridencia, aunque debilitan la retaguardia de la estrategia de lucha contra el crimen organizado.
A casi un año de la firma del Acuerdo para la Cobertura Informativa de la Violencia, su incumplimiento por parte de medios y autoridades civiles ha abierto una brecha peligrosa de seguridad: El uso de averiguaciones previas para fines políticos o para revelaciones sensacionalistas.
De un lado, expedientes en proceso de integración y con informaciones no consolidadas se están usando para reventar precandidaturas políticas con revelaciones sobre acusaciones que aún carecen de confirmación y que la mayor parte de las veces suelen diluirse por falta de seriedad o de aportaciones probatorias.
De otro lado, la facilidad para obtener expedientes de averiguaciones previas ha expuesto a algunas autoridades de seguridad ante el peligro de revelar datos que pongan en riesgo vidas humanas. En diciembre de 2009 familiares de un marino que participó en el combate en que murió el capo Arturo Beltrán Leyva, en Cuernavaca, fueron asesinados en venganza en Tabasco.
La filtración de averiguaciones previas ha abierto a los medios a información no consolidada que incrimina a personas aún bajo investigación. Recientemente el periódico Reforma publicó, basados en averiguaciones previas, nombres de personal militar presuntamente señalado como responsable de algún delito pero aún en proceso de comprobación, poniendo en riesgo la vida de ellos, de sus familiares y de las propias fuerzas armadas.
El problema de la publicación de averiguaciones previas radica en el hecho de que la redacción de los textos suele acreditar culpabilidades mediáticas que más tarde se diluyen o no resultan serias o de confirmación de responsabilidades que acreditarían sentencias penales. De hecho, se trata de una reproducción en medios escritos del modelo de acusación del documental Presunto Culpable, donde las autoridades tergiversan procesos judiciales para inculpar a inocentes; las averiguaciones previas filtradas se usan como si fueran expedientes cerrados y sentenciados. Al final, en base al expediente de indagación, algunos medios sentencian a presuntos culpables.
Las acusaciones afectan por igual a delincuentes que a autoridades acusadas de abuso de autoridad y a políticos sospechosos de complicidad con el crimen organizado. En el Ejército existe la molestia por la filtración de averiguaciones previas y por la publicación del contenido de algunas de ellas, sobre todo por la forma en que se delatan nombres de militares presuntamente acusados de violación de derechos humanos, poniendo en peligro a sus familiares y de paso para usar asuntos parciales como una forma de desacreditar a la Secretaría de la Defensa Nacional y de manchar a los militares que luchan contra las bandas. De hecho, la filtración de expedientes parece formar parte de una estrategia que beneficia intencionadamente al crimen organizado.
En el fondo existe una violación legal. El artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, supuestamente en vigor, establece la prohibición de apertura y uso mediático de averiguaciones previas, lo que convierte su difusión en un delito paradójicamente para revelar la existencia de un delito:
“Al expediente de averiguación previa únicamente tendrán acceso el inculpado, su defensor y la víctima u ofendido o su representante legal. La averiguación previa, así como todos los documentos, independientemente de su contenido o naturaleza, y los objetos, registros de voz e imágenes o cosas que le estén relacionados, son estrictamente reservados.
“Para efectos de acceso a la información pública gubernamental, únicamente deberá proporcionarse una versión pública de la resolución de no ejercicio de la acción penal, siempre que haya transcurrido un plazo igual al de prescripción de los delitos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal Federal, sin que pueda ser menor de tres ni mayor de 12 años, contado a partir de que dicha resolución haya quedado firme.
“Si la resolución de no ejercicio de acción penal resulta de la falta de datos que establezcan que se hubiese cometido el delito, el Ministerio Público podrá proporcionar la información de acuerdo con las disposiciones aplicables, siempre y cuando no se ponga en riesgo indagatoria alguna.
“En ningún caso se podrá hacer referencia a información confidencial relativa a los datos personales del inculpado, víctima u ofendido, así como testigos, servidores públicos o cualquier persona relacionada o mencionada en la indagatoria…
“Al servidor público que quebrante la reserva de la información de la averiguación previa o proporcione copia de los documentos que contenga, se le sujetará al procedimiento de responsabilidad administrativa o penal que corresponda”.
La publicación de nombres de fuerzas de seguridad involucradas en presuntos delitos no sólo se convierte en otro delito sino, lo que es más grave, pone en riesgo a las familias de los señalados. En el pasado priísta, la filtración de averiguaciones previas se usaba por los delincuentes para amenazar a testigos y obligarlos a retraerse en sus declaraciones y hoy se utiliza por parte de los delincuentes para vengarse de las autoridades.
El fondo radica en el dilema del periodismo: La exclusiva o la vida, aunque ahora no referida a la vida del comunicador sino de los inculpados, aún a los propios delincuentes. Lo grave informativamente hablando es que las averiguaciones son procesos de investigación y no de conclusión de responsabilidades, por lo que su difusión significaría una perversión de la credibilidad periodística porque se dan por concluidos hechos no probados.
Al final, la publicación de averiguaciones es mera estridencia, aunque debilitan la retaguardia de la estrategia de lucha contra el crimen organizado.
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