Apro
Baltasar Garzón fue absuelto hoy por el Tribunal Supremo español por el caso de las investigaciones de los crímenes del franquismo.
Por seis votos a favor y uno en contra, el máximo tribunal lo absolvió por considerar que incurrió en un error de origen, al calificar los hechos como crímenes contra la humanidad, lo que derivó en nuevos errores; no obstante, advierte que no se acredita que haya cometido el delito de prevaricación.
La resolución de hoy llega cuatro día después que fuera separado formalmente de la carrera judicial como consecuencia de la sentencia de 11 años de inhabilitación por ordenar la intervención de comunicaciones de los responsables del caso Gürtel, la trama de corrupción política en España.
El jueves pasado, el pleno del Consejo General del Poder Judicial formalizó la salida de Garzón de la carrera judicial y el retiro de los honores.
También hace unos días había quedado archivada la causa por los cobros de cursos en la Universidad de Nueva York, por haber prescrito.
En este tercer juicio, el del franquismo, el máximo tribunal critica que se pretenda iniciar lo que califica como juicios de la verdad, como los que vivió Argentina. El fallo precisa que en España no es posible este tipo de juicios, porque sólo se puede investigar cuando existe una persona física, y en el caso del franquismo tanto el dictador Francisco Franco como sus ministros y responsables políticos se encuentran muertos.
Explicó que a estos responsables, a los que les imputa un plan sistemático de exterminio, ya habían fallecido cuando se inició la investigación de Garzón.
La sentencia dice: “El derecho a conocer la verdad histórica no forma parte del proceso penal y solo tangencialmente puede ser satisfecho” y que no se puede aplicar las características del sistema penal de enjuiciamiento con este caso.
Añade: “Difícilmente puede llegarse a una declaración de verdad judicial, de acuerdo a las exigencias formales y garantistas del proceso penal, sin imputados, pues estos fallecieron, o por unos delitos, en su caso, prescritos y amnistiados. El método de investigación judicial no es el propio del historiador. En definitiva, ni son patentes las diferencias entre memoria e historia, también lo son las que existen entre ésta y las resultantes de una indagación judicial realizada con una finalidad distinta de la que persigue el historiador”.
Sin embargo, el tribunal considera que la “búsqueda de la verdad” corresponde al Estado a través de otros organismos y debe contar con la participación de todas las disciplinas y profesiones, como los historiadores, “pero no corresponde al juez de instrucción” cuya función define la ley procesal con un objeto de indagación, y los métodos de indagación del juez de instrucción “no tiene nada que ver con el proceso investigador del historiador. No procede mezclar la verdad histórica con la forense”.
El tribunal reconoce que hubo una “objetiva desigualdad” entre las víctimas de uno y otro bando, porque el bando reprimido son víctimas que nunca fueron reconocidas ni resarcidas, y que Garzón buscó “subsanar” esa desigualdad.
El caso ha tenido una repercusión mediática a nivel global, al menos 70 medios de comunicación españoles y extranjeros han seguido las distintas etapas del juicio, debido a la notoriedad internacional alcanzada por Garzón, por sus juicios en contra de algunos de los dictadores sudamericanos, como el chileno Augusto Pinochet y el argentino Adolfo Galtieri, por sus sentencias contra líderes de la mafia internacional y contra las organizaciones terroristas ETA y Al Qaeda.
Su caso ha sido seguido también por observadores enviados ex profeso por Amnistía Internacional, Human Rights Watch y la Comisión Internacional de Juristas, entre otros organismos.
En tanto, las organizaciones ultraderechistas sindicato Manos Limpias y asociación Libertad e Identidad pedían contra Garzón una inhabilitación de 20 años, además de pagar los costos del juicio.
Estas organizaciones vinculadas al pensamiento franquista consideran que el exmagistrado de la Audiencia Nacional vulneró la Ley de Amnistía de 1977, al declararse competente para investigar los crímenes del franquismo. En contra, además de la defensa de Garzón, la Fiscalía del máximo tribunal, pidió la absolución de Garzón y el archivo de la causa en su contra.
Baltasar Garzón fue absuelto hoy por el Tribunal Supremo español por el caso de las investigaciones de los crímenes del franquismo.
Por seis votos a favor y uno en contra, el máximo tribunal lo absolvió por considerar que incurrió en un error de origen, al calificar los hechos como crímenes contra la humanidad, lo que derivó en nuevos errores; no obstante, advierte que no se acredita que haya cometido el delito de prevaricación.
La resolución de hoy llega cuatro día después que fuera separado formalmente de la carrera judicial como consecuencia de la sentencia de 11 años de inhabilitación por ordenar la intervención de comunicaciones de los responsables del caso Gürtel, la trama de corrupción política en España.
El jueves pasado, el pleno del Consejo General del Poder Judicial formalizó la salida de Garzón de la carrera judicial y el retiro de los honores.
También hace unos días había quedado archivada la causa por los cobros de cursos en la Universidad de Nueva York, por haber prescrito.
En este tercer juicio, el del franquismo, el máximo tribunal critica que se pretenda iniciar lo que califica como juicios de la verdad, como los que vivió Argentina. El fallo precisa que en España no es posible este tipo de juicios, porque sólo se puede investigar cuando existe una persona física, y en el caso del franquismo tanto el dictador Francisco Franco como sus ministros y responsables políticos se encuentran muertos.
Explicó que a estos responsables, a los que les imputa un plan sistemático de exterminio, ya habían fallecido cuando se inició la investigación de Garzón.
La sentencia dice: “El derecho a conocer la verdad histórica no forma parte del proceso penal y solo tangencialmente puede ser satisfecho” y que no se puede aplicar las características del sistema penal de enjuiciamiento con este caso.
Añade: “Difícilmente puede llegarse a una declaración de verdad judicial, de acuerdo a las exigencias formales y garantistas del proceso penal, sin imputados, pues estos fallecieron, o por unos delitos, en su caso, prescritos y amnistiados. El método de investigación judicial no es el propio del historiador. En definitiva, ni son patentes las diferencias entre memoria e historia, también lo son las que existen entre ésta y las resultantes de una indagación judicial realizada con una finalidad distinta de la que persigue el historiador”.
Sin embargo, el tribunal considera que la “búsqueda de la verdad” corresponde al Estado a través de otros organismos y debe contar con la participación de todas las disciplinas y profesiones, como los historiadores, “pero no corresponde al juez de instrucción” cuya función define la ley procesal con un objeto de indagación, y los métodos de indagación del juez de instrucción “no tiene nada que ver con el proceso investigador del historiador. No procede mezclar la verdad histórica con la forense”.
El tribunal reconoce que hubo una “objetiva desigualdad” entre las víctimas de uno y otro bando, porque el bando reprimido son víctimas que nunca fueron reconocidas ni resarcidas, y que Garzón buscó “subsanar” esa desigualdad.
El caso ha tenido una repercusión mediática a nivel global, al menos 70 medios de comunicación españoles y extranjeros han seguido las distintas etapas del juicio, debido a la notoriedad internacional alcanzada por Garzón, por sus juicios en contra de algunos de los dictadores sudamericanos, como el chileno Augusto Pinochet y el argentino Adolfo Galtieri, por sus sentencias contra líderes de la mafia internacional y contra las organizaciones terroristas ETA y Al Qaeda.
Su caso ha sido seguido también por observadores enviados ex profeso por Amnistía Internacional, Human Rights Watch y la Comisión Internacional de Juristas, entre otros organismos.
En tanto, las organizaciones ultraderechistas sindicato Manos Limpias y asociación Libertad e Identidad pedían contra Garzón una inhabilitación de 20 años, además de pagar los costos del juicio.
Estas organizaciones vinculadas al pensamiento franquista consideran que el exmagistrado de la Audiencia Nacional vulneró la Ley de Amnistía de 1977, al declararse competente para investigar los crímenes del franquismo. En contra, además de la defensa de Garzón, la Fiscalía del máximo tribunal, pidió la absolución de Garzón y el archivo de la causa en su contra.
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