Jesús Cantú
Una sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que sancionó “la compra indebida de tiempos en televisión” para transmitir un debate de los precandidatos al gobierno de Nayarit, de la fallida alianza Nayarit, Paz y Trabajo, permitió construir la idea de que durante las precampañas no se pueden realizar debates en radio y/o televisión.
Salvador Olimpo Nava Gomar, ponente de la citada sentencia, tuvo que salir a desmentir dicha versión y precisar que la sentencia no versa sobre la celebración o transmisión de debates, sino sobre la indebida difusión de propaganda político electoral.
Lo que sucedió en Nayarit, de acuerdo con lo expuesto en la sentencia del magistrado Nava Gomar, es que la alianza organizó un debate entre los precandidatos y acordó con la televisora la transmisión del mismo. En la resolución se reconoce que “no es posible advertir la existencia de un contrato entre los sujetos denunciados y la concesionaria”, pero afirma que sí existen suficientes elementos para demostrar que se trató de un acto simulado que tenía como “propósito promocionar o posicionar” a los precandidatos y los partidos políticos, “con independencia de si el concesionario recibió o no pago por ello o procedió de manera gratuita…”
A partir de esa sentencia los mismos que desde septiembre de 2007 se oponen a la reforma electoral en materia de medios de comunicación y, particularmente, a que se prohibiera la compra de espacios y que toda la propaganda político-electoral se difundiera en los tiempos gratuitos del Estado y se ordenara a través del Instituto Federal Electoral, montaron la trama de que el Tribunal prohibió la transmisión de los debates entre precandidatos. Ésta es otra de las embestidas en contra de la correcta aplicación de dicha reforma, con la evidente intención de sabotearla e intentar revertirla.
Joaquín López Dóriga, en su programa radiofónico, informó desde hace meses que las autoridades electorales prohibían la transmisión de debates entre precandidatos, y la semana pasada, tras haber invitado a los precandidatos de la izquierda al gobierno del Distrito Federal a un debate, anunció su suspensión debido a una carta que le envió la Cámara de la Industria de la Radio y Televisión donde le advertía que estaba violando las normas electorales.
Particularmente el equipo de campaña de Josefina Vázquez Mota hizo eco de dicha postura y la utiliza como pretexto para no acudir a los debates; incluso se negó a confirmar su participación en uno programado para el martes 24 de enero, a las 8 de la mañana, dentro del noticiero de Carmen Aristegui, al que ya confirmaron su asistencia los otros dos precandidatos, Santiago Creel y Ernesto Cordero.
La conductora ya entrevistó en su espacio noticioso al presidente del IFE, Leonardo Valdés, y al magistrado Nava, y ambos afirmaron tajantemente que lo que se sancionó no fueron los debates, sino “la adquisición indebida de tiempos en televisión”. Así las cosas es evidente que los periodistas y conductores de noticias pueden invitar con toda libertad a los precandidatos a un puesto de elección popular a debatir en sus espacios noticiosos.
Obvio: tendrán que apegarse a principios básicos de su ejercicio profesional, como dar igual oportunidad a todos los aspirantes de todas las fuerzas políticas. Sin embargo, tanto en el caso de la Presidencia de la República como en el de la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, sólo una de las fuerzas políticas realiza una contienda interna con más de un precandidato, por lo cual únicamente se tendrán que cuidar de invitar a todos los precandidatos inscritos de dicho instituto político.
Otro tema totalmente distinto es qué hacer en el caso de que la fuerza política organice su evento y desee transmitirlo en vivo por una estación de radio o un canal de televisión.
Aunque el caso específico no está previsto en el Código Federal de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales, de su lectura funcional y sistemática sí es posible interpretar que tendría que difundirse en los tiempos oficiales y lo tendría que ordenar el mismo IFE.
Y para el efecto específico podría aplicarse lo establecido en los párrafos tercero y cuarto del artículo 70 del Cofipe, referidos a la transmisión de los debates entre los candidatos a la Presidencia, en los que se establece que los concesionarios que así lo decidan podrán transmitir los mismos “en forma gratuita” y los autoriza a “suspender durante el tiempo correspondiente la transmisión de los mensajes que correspondan a los partidos políticos y a las autoridades electorales”. Es decir, si la transmisión del debate dura dos horas, los concesionarios dejarían de transmitir durante dos días y medio los spots publicitarios de los partidos políticos y las autoridades electorales.
En el caso de los precandidatos presidenciales del blanquiazul, no serían los 48 minutos, dado que al PAN durante el período de precampañas le corresponden casi cinco minutos diarios, con lo cual por cada hora de debate se suspendería la transmisión de sus spots durante 12 y medio días. Y también podría aplicarse otra disposición del mismo artículo y párrafo: “El Instituto realizará las gestiones necesarias a fin de propiciar la transmisión de los debates en el mayor número posible de estaciones y canales”, con lo cual sí es pertinente que el IFE dé los lineamientos para propiciar la mayor difusión de los debates que sostengan los precandidatos de todas las fuerzas políticas a los distintos puestos de elección popular.
La pasividad del IFE y la perversidad de los concesionarios desataron una nueva embestida en contra de la aplicación de la reforma en materia de medios. Conforme avance el proceso electoral y se acerque la jornada comicial, los impactos de las acciones de los opositores a la reforma serán mayores, por lo cual la autoridad electoral debe ser más previsora, anticiparse y tratar de cerrar todos los resquicios, pues luego de más de tres años de aplicación de estas reglas es evidente que los ataques contra las mismas no cesarán y, al contrario, muy probablemente arreciarán en los momentos que más estragos pueden causar.
Una sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que sancionó “la compra indebida de tiempos en televisión” para transmitir un debate de los precandidatos al gobierno de Nayarit, de la fallida alianza Nayarit, Paz y Trabajo, permitió construir la idea de que durante las precampañas no se pueden realizar debates en radio y/o televisión.
Salvador Olimpo Nava Gomar, ponente de la citada sentencia, tuvo que salir a desmentir dicha versión y precisar que la sentencia no versa sobre la celebración o transmisión de debates, sino sobre la indebida difusión de propaganda político electoral.
Lo que sucedió en Nayarit, de acuerdo con lo expuesto en la sentencia del magistrado Nava Gomar, es que la alianza organizó un debate entre los precandidatos y acordó con la televisora la transmisión del mismo. En la resolución se reconoce que “no es posible advertir la existencia de un contrato entre los sujetos denunciados y la concesionaria”, pero afirma que sí existen suficientes elementos para demostrar que se trató de un acto simulado que tenía como “propósito promocionar o posicionar” a los precandidatos y los partidos políticos, “con independencia de si el concesionario recibió o no pago por ello o procedió de manera gratuita…”
A partir de esa sentencia los mismos que desde septiembre de 2007 se oponen a la reforma electoral en materia de medios de comunicación y, particularmente, a que se prohibiera la compra de espacios y que toda la propaganda político-electoral se difundiera en los tiempos gratuitos del Estado y se ordenara a través del Instituto Federal Electoral, montaron la trama de que el Tribunal prohibió la transmisión de los debates entre precandidatos. Ésta es otra de las embestidas en contra de la correcta aplicación de dicha reforma, con la evidente intención de sabotearla e intentar revertirla.
Joaquín López Dóriga, en su programa radiofónico, informó desde hace meses que las autoridades electorales prohibían la transmisión de debates entre precandidatos, y la semana pasada, tras haber invitado a los precandidatos de la izquierda al gobierno del Distrito Federal a un debate, anunció su suspensión debido a una carta que le envió la Cámara de la Industria de la Radio y Televisión donde le advertía que estaba violando las normas electorales.
Particularmente el equipo de campaña de Josefina Vázquez Mota hizo eco de dicha postura y la utiliza como pretexto para no acudir a los debates; incluso se negó a confirmar su participación en uno programado para el martes 24 de enero, a las 8 de la mañana, dentro del noticiero de Carmen Aristegui, al que ya confirmaron su asistencia los otros dos precandidatos, Santiago Creel y Ernesto Cordero.
La conductora ya entrevistó en su espacio noticioso al presidente del IFE, Leonardo Valdés, y al magistrado Nava, y ambos afirmaron tajantemente que lo que se sancionó no fueron los debates, sino “la adquisición indebida de tiempos en televisión”. Así las cosas es evidente que los periodistas y conductores de noticias pueden invitar con toda libertad a los precandidatos a un puesto de elección popular a debatir en sus espacios noticiosos.
Obvio: tendrán que apegarse a principios básicos de su ejercicio profesional, como dar igual oportunidad a todos los aspirantes de todas las fuerzas políticas. Sin embargo, tanto en el caso de la Presidencia de la República como en el de la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, sólo una de las fuerzas políticas realiza una contienda interna con más de un precandidato, por lo cual únicamente se tendrán que cuidar de invitar a todos los precandidatos inscritos de dicho instituto político.
Otro tema totalmente distinto es qué hacer en el caso de que la fuerza política organice su evento y desee transmitirlo en vivo por una estación de radio o un canal de televisión.
Aunque el caso específico no está previsto en el Código Federal de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales, de su lectura funcional y sistemática sí es posible interpretar que tendría que difundirse en los tiempos oficiales y lo tendría que ordenar el mismo IFE.
Y para el efecto específico podría aplicarse lo establecido en los párrafos tercero y cuarto del artículo 70 del Cofipe, referidos a la transmisión de los debates entre los candidatos a la Presidencia, en los que se establece que los concesionarios que así lo decidan podrán transmitir los mismos “en forma gratuita” y los autoriza a “suspender durante el tiempo correspondiente la transmisión de los mensajes que correspondan a los partidos políticos y a las autoridades electorales”. Es decir, si la transmisión del debate dura dos horas, los concesionarios dejarían de transmitir durante dos días y medio los spots publicitarios de los partidos políticos y las autoridades electorales.
En el caso de los precandidatos presidenciales del blanquiazul, no serían los 48 minutos, dado que al PAN durante el período de precampañas le corresponden casi cinco minutos diarios, con lo cual por cada hora de debate se suspendería la transmisión de sus spots durante 12 y medio días. Y también podría aplicarse otra disposición del mismo artículo y párrafo: “El Instituto realizará las gestiones necesarias a fin de propiciar la transmisión de los debates en el mayor número posible de estaciones y canales”, con lo cual sí es pertinente que el IFE dé los lineamientos para propiciar la mayor difusión de los debates que sostengan los precandidatos de todas las fuerzas políticas a los distintos puestos de elección popular.
La pasividad del IFE y la perversidad de los concesionarios desataron una nueva embestida en contra de la aplicación de la reforma en materia de medios. Conforme avance el proceso electoral y se acerque la jornada comicial, los impactos de las acciones de los opositores a la reforma serán mayores, por lo cual la autoridad electoral debe ser más previsora, anticiparse y tratar de cerrar todos los resquicios, pues luego de más de tres años de aplicación de estas reglas es evidente que los ataques contra las mismas no cesarán y, al contrario, muy probablemente arreciarán en los momentos que más estragos pueden causar.
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