Se violaron las garantías individuales de los policías, sostiene el abogado defensor de Cortés y Matadama
Margena de la O.
Los policías ministeriales Rey David Cortés Flores e Ismael Matadama Salinas desde ayer (viernes) en la noche están en el penal de Chilpancingo, luego de que el Juzgado de primera instancia en materia penal determinara su aprehensión por su presunta responsabilidad en el asesinato de los dos normalistas de Ayotzinapa, ocurrido el 12 de diciembre en la autopista del Sol.
A partir de la presentación de los ministeriales ante el juez, existe un plazo de 72 horas –concluye el lunes por la noche– para que éste dicte el auto de libertad o de formal prisión de los policías.
La defensa de los policías ministeriales, encabezada por el abogado Antonio Nogueda Carvajal, estuvo en la primera declaración preparatoria. Duró más de cuatro horas, inició a partir de las 12.
Esta defensa también ratificó hoy la declaración que los policías ministeriales rindieron en su momento al Ministerio Público, en la que se declaran inocentes del delito que la Procuraduría General de Justicia en el Estado (PGJE) les imputa.
En la diligencia, el abogado precisó que a sus defendidos no les informaron quién y por qué los acusaron de los hechos del 12 de diciembre, lo que significa una violación a sus garantías individuales, y tampoco les demostraron el abuso de autoridad que supuestamente cometieron ese día en la autopista del Sol.
Entre otras cosas, alegó que el dictamen de criminalística de campo realizado por los peritos de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), Emilio Cortés y Amhed Azael Abarca, concluye que las característica de “la lesión marcada con el número 13, al cadáver dos (al parecer el de Gabriel Echeverría de Jesús)” corresponde a “proyectil único de arma de fuego”, y que el diámetro de orificios de entrada y salida fue de no mayor a 8 milímetros ni menor a 6, que pudieron provocarlos fusiles como AK-47, G3.
“El dictamen advierte que las lesiones no fueron producidas por un fusil AR-15, como es el que portaban mis defensos, y como consecuencia es evidente que ellos no pudieron haber producido la muerte a la cadáver dos”, se escuchó de la defensa en el juzgado.
Aseguró la defensa que los exámenes periciales de química forenses que realizaron a las armas resultaron negativos, es decir que ni dispararon.
Exigió la nulidad de todas las acciones que solicitó la PGJE, “tomando en cuenta que todo culpado tiene derecho a un debido proceso, y no se pueden hacer válidas las pruebas obtenidas de manera irregular”.
Insistió: “se les privó ilegalmente de su libertad, no se dio a conocer de qué se les acusa y los delitos que se les atribuye, actuando con certeza jurídica, se debe declarar nulas las actas”.
En respuesta, el juez dijo que debido a que estuvieron en el lugar de los hechos y en el tiempo preciso en que ocurrieron, es una “prueba de fe” de su responsabilidad.
Refutó que en el asunto de criminalística, los que alegó la defensa fueron argumentos subjetivos, “si se toma en cuenta que entre más material probatorio que integra la causa en la que nos ocupa se desprende que sí existe visibilidad del lugar donde se encontraban los activos, hacia el lugar donde quedaron muertos los agraviados (los normalistas)”.
Margena de la O.
Los policías ministeriales Rey David Cortés Flores e Ismael Matadama Salinas desde ayer (viernes) en la noche están en el penal de Chilpancingo, luego de que el Juzgado de primera instancia en materia penal determinara su aprehensión por su presunta responsabilidad en el asesinato de los dos normalistas de Ayotzinapa, ocurrido el 12 de diciembre en la autopista del Sol.
A partir de la presentación de los ministeriales ante el juez, existe un plazo de 72 horas –concluye el lunes por la noche– para que éste dicte el auto de libertad o de formal prisión de los policías.
La defensa de los policías ministeriales, encabezada por el abogado Antonio Nogueda Carvajal, estuvo en la primera declaración preparatoria. Duró más de cuatro horas, inició a partir de las 12.
Esta defensa también ratificó hoy la declaración que los policías ministeriales rindieron en su momento al Ministerio Público, en la que se declaran inocentes del delito que la Procuraduría General de Justicia en el Estado (PGJE) les imputa.
En la diligencia, el abogado precisó que a sus defendidos no les informaron quién y por qué los acusaron de los hechos del 12 de diciembre, lo que significa una violación a sus garantías individuales, y tampoco les demostraron el abuso de autoridad que supuestamente cometieron ese día en la autopista del Sol.
Entre otras cosas, alegó que el dictamen de criminalística de campo realizado por los peritos de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), Emilio Cortés y Amhed Azael Abarca, concluye que las característica de “la lesión marcada con el número 13, al cadáver dos (al parecer el de Gabriel Echeverría de Jesús)” corresponde a “proyectil único de arma de fuego”, y que el diámetro de orificios de entrada y salida fue de no mayor a 8 milímetros ni menor a 6, que pudieron provocarlos fusiles como AK-47, G3.
“El dictamen advierte que las lesiones no fueron producidas por un fusil AR-15, como es el que portaban mis defensos, y como consecuencia es evidente que ellos no pudieron haber producido la muerte a la cadáver dos”, se escuchó de la defensa en el juzgado.
Aseguró la defensa que los exámenes periciales de química forenses que realizaron a las armas resultaron negativos, es decir que ni dispararon.
Exigió la nulidad de todas las acciones que solicitó la PGJE, “tomando en cuenta que todo culpado tiene derecho a un debido proceso, y no se pueden hacer válidas las pruebas obtenidas de manera irregular”.
Insistió: “se les privó ilegalmente de su libertad, no se dio a conocer de qué se les acusa y los delitos que se les atribuye, actuando con certeza jurídica, se debe declarar nulas las actas”.
En respuesta, el juez dijo que debido a que estuvieron en el lugar de los hechos y en el tiempo preciso en que ocurrieron, es una “prueba de fe” de su responsabilidad.
Refutó que en el asunto de criminalística, los que alegó la defensa fueron argumentos subjetivos, “si se toma en cuenta que entre más material probatorio que integra la causa en la que nos ocupa se desprende que sí existe visibilidad del lugar donde se encontraban los activos, hacia el lugar donde quedaron muertos los agraviados (los normalistas)”.
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