Notimex
Una jueza federal concedió un amparo para efectos de que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes emita una resolución en la que señale que la empresa puede modificar la concesión y brindar servicio de televisión de paga.
La titular del Juzgado 6 de Distrito en Materia Administrativa, Jessica Villafuerte, otorgó el amparo toda vez que la dependencia federal omitió el trámite mediante el cual Telmex tenía que comprobar sus requisitos para la modificación de esta concesión.
La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) no respondió en tiempo y forma sobre la negativa que había emitido a la concesión, por lo que la juzgadora concedió la protección para que pueda ofrecer el servicio de televisión de paga.
La juzgadora determinó que la SCT no cumplió con los procedimientos al negar el título de concesión, debido a la omisión del procedimiento respectivo, por lo que el amparo se entrega de forma automática.
La SCT todavía puede impugnar esta decisión en la que se confirma una sentencia que ya había emitido un tribunal colegiado en la materia, el cual podría ordenar de nueva cuenta que la autoridad se sujete a la resolución.
Una jueza federal concedió un amparo para efectos de que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes emita una resolución en la que señale que la empresa puede modificar la concesión y brindar servicio de televisión de paga.
La titular del Juzgado 6 de Distrito en Materia Administrativa, Jessica Villafuerte, otorgó el amparo toda vez que la dependencia federal omitió el trámite mediante el cual Telmex tenía que comprobar sus requisitos para la modificación de esta concesión.
La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) no respondió en tiempo y forma sobre la negativa que había emitido a la concesión, por lo que la juzgadora concedió la protección para que pueda ofrecer el servicio de televisión de paga.
La juzgadora determinó que la SCT no cumplió con los procedimientos al negar el título de concesión, debido a la omisión del procedimiento respectivo, por lo que el amparo se entrega de forma automática.
La SCT todavía puede impugnar esta decisión en la que se confirma una sentencia que ya había emitido un tribunal colegiado en la materia, el cual podría ordenar de nueva cuenta que la autoridad se sujete a la resolución.
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