John M. Ackerman
Las boletas de la elección presidencial de 2006 son la prueba material del probable fraude cometido en contra de Andrés Manuel López Obrador. Si el Instituto Federal Electoral (IFE) procede a la destrucción anticipada de estos documentos, sin primero abrirlos al escrutinio público, nos estará dando una señal inequívoca de que en 2012 estará dispuesto de nueva cuenta a imponer un ganador de manera opaca.
Los argumentos ofrecidos hasta la fecha por el IFE, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el gobierno federal y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para negar el acceso a las boletas carecen de sustento jurídico y están envueltos en francas contradicciones. Se trata de argumentos ad hoc elaborados al margen de la ley con el fin de justificar una decisión estrictamente política tomada desde las más altas esferas del Estado mexicano.
La primera respuesta ofrecida por el IFE a la revista Proceso en agosto de 2006 fue absurda. La autoridad señaló que las boletas no estaban sujetas a la Ley Federal de Transparencia porque “no eran documentos” sino sólo “la expresión material de la preferencia electoral de la ciudadanía votante”. Tal y como lo argumentó Irma Sandoval en estas mismas páginas (Proceso 1558), esta interpretación “metafísica” no tenía sustento legal alguno ya que estas “expresiones materiales” estaban a todas luces sujetas a la Ley de Transparencia, al igual que cualquier otro documento en posesión del gobierno.
El segundo argumento ofrecido por el IFE resultó igual de inverosímil. Los consejeros argumentaron que la solicitud ponía en riesgo la seguridad nacional y constituía un “ataque contra valores públicos fundamentales”. Los consejeros incluso citaron en su resolución artículos de la Ley Fundamental de Bonn, Alemania, diseñados explícitamente para evitar el resurgimiento del nazismo en ese país. La insinuación era directa: los periodistas que indagaban sobre la verdad de lo ocurrido en 2006 no eran más que provocadores que buscaban subvertir el sistema democrático.
Tanto el argumento “metafísico” como el argumento “antifascista” eran tan insostenibles que ni siquiera el TEPJF los avaló en su decisión del 25 de abril de 2007. Pero en lugar de limitarse a anular la negativa del IFE con base en la argumentación deficiente de los consejeros y así permitir el acceso al material electoral, los magistrados generosamente suplieron estas fallas argumentativas con sus propios engendros jurídicos.
El primer argumento que ofreció el TEPJF era la supuesta “indisponibilidad” del material electoral. Los magistrados afirmaron que si bien las boletas teóricamente tendrían que ser de acceso público, no se podía acceder a ellas por encontrarse dentro de paquetes electorales que, durante el proceso electoral, solamente podían ser abiertos por orden judicial y, después de concluido el proceso, tendrían que ser destruidos. La autoridad supuestamente no contaba con facultades para realizar ningún movimiento adicional con las boletas o los paquetes.
El otro argumento del TEPJF, y que retoma íntegramente la CIDH al desechar el caso el pasado 2 de noviembre, fue que las boletas simplemente no contenían información relevante. Los magistrados afirmaron que el derecho de acceso a la información de los ciudadanos era garantizado por su acceso a los datos contenidos en las actas que resumen los resultados de la elección de 2006. Este falaz argumento implica que también los ciudadanos deberíamos quedarnos conformes con los boletines de prensa de la Presidencia de la República sin poder acceder a las fuentes primarias que documentan la acción gubernamental.
Posteriormente, y de manera paradójica, le tocó al IFE enmendarle la plana al TEPJF. El 19 de agosto de 2009, el Consejo General del IFE aprobó la realización de diversos estudios para la “evaluación de la documentación electoral utilizada durante el Proceso Electoral Federal 2008-2009”. Estos estudios requirieron la apertura de los paquetes electorales y la revisión física tanto de las listas nominales como de las mismas boletas. El IFE justificó esta acción con el fin de conseguir información sumamente relevante “sobre la votación de los electores, sus características demográficas y, en general, todos aquellos datos susceptibles de obtenerse de las boletas”. Ya en 2004 se había hecho un estudio similar con respecto a las boletas de la elección de 2003.
Resultó entonces que ahora sí las boletas contenían información relevante y el IFE sí tenía permitido abrir los paquetes y revisar la documentación electoral, aun después de haber concluido el proceso electoral. Estas acciones también coincidieron con un fallo histórico de la Corte Constitucional de Alemania dictado el 3 de marzo de 2009 que reconoció que “no es suficiente” que los ciudadanos conozcan el resultado final del proceso electoral por medio de un resumen general sino que tienen el derecho de conocer físicamente las boletas electorales.
Queda claro que la ley se moldea al antojo de las autoridades y con base en estrictos criterios políticos. Se permite el acceso al material electoral cuando se trata de elecciones intermedias (2003 y 2009) que no generaron mayor polémica. Pero nuestros derechos se vieron cancelados cuando se trató de una de las elecciones presidenciales más competitivas en la historia del país, que puso en acción fuertes intereses políticos y económicos.
Al retomar el argumento de la supuesta irrelevancia de la información contenida en las boletas, la CIDH cae en el juego político del gobierno de Calderón. En un escueto comunicado sin mayor argumentación jurídica dirigido a Rafael Rodríguez Castañeda, la instancia internacional concluye que “al poner a disposición de la ciudadanía las referidas actas, el Estado estaría asegurando el acceso a esa información”. Así, supuestamente sin entrar al “fondo” del asunto y después de tres años de intenso cabildeo de parte del gobierno mexicano, de manera vergonzosa la CIDH se alía abiertamente con Calderón y se pronuncia sobre el asunto medular del litigio.
Los ciudadanos no podemos quedarnos con los brazos cruzados. Si bien la CIDH ya ha retirado las medidas cautelares que prohibían la destrucción de las boletas electorales de 2006, esta institución de ninguna manera ha ordenado la destrucción del material electoral. Asimismo, como bien señaló Jorge Carrasco la semana pasada en estas mismas páginas, hoy con la reforma constitucional en materia de derechos humanos existe una nueva coyuntura jurídica que obliga a las instituciones electorales a reconsiderar sus criterios de interpretación en la materia.
Existen dos acciones que los ciudadanos podemos realizar para al fin conocer la verdad histórica de 2006. Primero, ingresar nuevas solicitudes de acceso a esos valiosos documentos. Ello se puede hacer de manera muy sencilla por medio del sistema Infomex del IFE, accesible aquí: http://bit.ly/cYt5Xb. Segundo, en cada estado los ciudadanos podrán ubicar la bodega donde se encuentran resguardadas las boletas de 2006 para montar guardias que eviten la destrucción anticipada del material electoral y así iniciar una suerte de movimiento “ocupa” antifraude.
Lo que está en juego no es solamente la verdad histórica del proceso de 2006 sino también la transparencia y legitimidad del proceso electoral en curso. La destrucción de las boletas de hace seis años sin primero revelar su contenido será un claro mensaje de impunidad para todos los operadores políticos que hoy sueñan con nuevas formas para cometer fraude en 2012 y así terminar de destruir también nuestra estancada democracia.
Las boletas de la elección presidencial de 2006 son la prueba material del probable fraude cometido en contra de Andrés Manuel López Obrador. Si el Instituto Federal Electoral (IFE) procede a la destrucción anticipada de estos documentos, sin primero abrirlos al escrutinio público, nos estará dando una señal inequívoca de que en 2012 estará dispuesto de nueva cuenta a imponer un ganador de manera opaca.
Los argumentos ofrecidos hasta la fecha por el IFE, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el gobierno federal y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para negar el acceso a las boletas carecen de sustento jurídico y están envueltos en francas contradicciones. Se trata de argumentos ad hoc elaborados al margen de la ley con el fin de justificar una decisión estrictamente política tomada desde las más altas esferas del Estado mexicano.
La primera respuesta ofrecida por el IFE a la revista Proceso en agosto de 2006 fue absurda. La autoridad señaló que las boletas no estaban sujetas a la Ley Federal de Transparencia porque “no eran documentos” sino sólo “la expresión material de la preferencia electoral de la ciudadanía votante”. Tal y como lo argumentó Irma Sandoval en estas mismas páginas (Proceso 1558), esta interpretación “metafísica” no tenía sustento legal alguno ya que estas “expresiones materiales” estaban a todas luces sujetas a la Ley de Transparencia, al igual que cualquier otro documento en posesión del gobierno.
El segundo argumento ofrecido por el IFE resultó igual de inverosímil. Los consejeros argumentaron que la solicitud ponía en riesgo la seguridad nacional y constituía un “ataque contra valores públicos fundamentales”. Los consejeros incluso citaron en su resolución artículos de la Ley Fundamental de Bonn, Alemania, diseñados explícitamente para evitar el resurgimiento del nazismo en ese país. La insinuación era directa: los periodistas que indagaban sobre la verdad de lo ocurrido en 2006 no eran más que provocadores que buscaban subvertir el sistema democrático.
Tanto el argumento “metafísico” como el argumento “antifascista” eran tan insostenibles que ni siquiera el TEPJF los avaló en su decisión del 25 de abril de 2007. Pero en lugar de limitarse a anular la negativa del IFE con base en la argumentación deficiente de los consejeros y así permitir el acceso al material electoral, los magistrados generosamente suplieron estas fallas argumentativas con sus propios engendros jurídicos.
El primer argumento que ofreció el TEPJF era la supuesta “indisponibilidad” del material electoral. Los magistrados afirmaron que si bien las boletas teóricamente tendrían que ser de acceso público, no se podía acceder a ellas por encontrarse dentro de paquetes electorales que, durante el proceso electoral, solamente podían ser abiertos por orden judicial y, después de concluido el proceso, tendrían que ser destruidos. La autoridad supuestamente no contaba con facultades para realizar ningún movimiento adicional con las boletas o los paquetes.
El otro argumento del TEPJF, y que retoma íntegramente la CIDH al desechar el caso el pasado 2 de noviembre, fue que las boletas simplemente no contenían información relevante. Los magistrados afirmaron que el derecho de acceso a la información de los ciudadanos era garantizado por su acceso a los datos contenidos en las actas que resumen los resultados de la elección de 2006. Este falaz argumento implica que también los ciudadanos deberíamos quedarnos conformes con los boletines de prensa de la Presidencia de la República sin poder acceder a las fuentes primarias que documentan la acción gubernamental.
Posteriormente, y de manera paradójica, le tocó al IFE enmendarle la plana al TEPJF. El 19 de agosto de 2009, el Consejo General del IFE aprobó la realización de diversos estudios para la “evaluación de la documentación electoral utilizada durante el Proceso Electoral Federal 2008-2009”. Estos estudios requirieron la apertura de los paquetes electorales y la revisión física tanto de las listas nominales como de las mismas boletas. El IFE justificó esta acción con el fin de conseguir información sumamente relevante “sobre la votación de los electores, sus características demográficas y, en general, todos aquellos datos susceptibles de obtenerse de las boletas”. Ya en 2004 se había hecho un estudio similar con respecto a las boletas de la elección de 2003.
Resultó entonces que ahora sí las boletas contenían información relevante y el IFE sí tenía permitido abrir los paquetes y revisar la documentación electoral, aun después de haber concluido el proceso electoral. Estas acciones también coincidieron con un fallo histórico de la Corte Constitucional de Alemania dictado el 3 de marzo de 2009 que reconoció que “no es suficiente” que los ciudadanos conozcan el resultado final del proceso electoral por medio de un resumen general sino que tienen el derecho de conocer físicamente las boletas electorales.
Queda claro que la ley se moldea al antojo de las autoridades y con base en estrictos criterios políticos. Se permite el acceso al material electoral cuando se trata de elecciones intermedias (2003 y 2009) que no generaron mayor polémica. Pero nuestros derechos se vieron cancelados cuando se trató de una de las elecciones presidenciales más competitivas en la historia del país, que puso en acción fuertes intereses políticos y económicos.
Al retomar el argumento de la supuesta irrelevancia de la información contenida en las boletas, la CIDH cae en el juego político del gobierno de Calderón. En un escueto comunicado sin mayor argumentación jurídica dirigido a Rafael Rodríguez Castañeda, la instancia internacional concluye que “al poner a disposición de la ciudadanía las referidas actas, el Estado estaría asegurando el acceso a esa información”. Así, supuestamente sin entrar al “fondo” del asunto y después de tres años de intenso cabildeo de parte del gobierno mexicano, de manera vergonzosa la CIDH se alía abiertamente con Calderón y se pronuncia sobre el asunto medular del litigio.
Los ciudadanos no podemos quedarnos con los brazos cruzados. Si bien la CIDH ya ha retirado las medidas cautelares que prohibían la destrucción de las boletas electorales de 2006, esta institución de ninguna manera ha ordenado la destrucción del material electoral. Asimismo, como bien señaló Jorge Carrasco la semana pasada en estas mismas páginas, hoy con la reforma constitucional en materia de derechos humanos existe una nueva coyuntura jurídica que obliga a las instituciones electorales a reconsiderar sus criterios de interpretación en la materia.
Existen dos acciones que los ciudadanos podemos realizar para al fin conocer la verdad histórica de 2006. Primero, ingresar nuevas solicitudes de acceso a esos valiosos documentos. Ello se puede hacer de manera muy sencilla por medio del sistema Infomex del IFE, accesible aquí: http://bit.ly/cYt5Xb. Segundo, en cada estado los ciudadanos podrán ubicar la bodega donde se encuentran resguardadas las boletas de 2006 para montar guardias que eviten la destrucción anticipada del material electoral y así iniciar una suerte de movimiento “ocupa” antifraude.
Lo que está en juego no es solamente la verdad histórica del proceso de 2006 sino también la transparencia y legitimidad del proceso electoral en curso. La destrucción de las boletas de hace seis años sin primero revelar su contenido será un claro mensaje de impunidad para todos los operadores políticos que hoy sueñan con nuevas formas para cometer fraude en 2012 y así terminar de destruir también nuestra estancada democracia.
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