Lorenzo Meyer, absuelto

Miguel Ángel Granados Chapa

Lorenzo Meyer es una de las figuras más completas y respetadas de la esfera pública mexicana. Ha hecho una carrera académica digna de reconocimiento dondequiera, por el rigor de su investigación y la penetración de sus análisis. Hace poco más de 20 años resolvió emplear semejantes instrumentos, así como una escritura accesible, a la práctica del periodismo. Como lo saben bien los lectores del Grupo Reforma, su columna de los jueves aborda los más relevantes temas de la actualidad y los examina, sin pedantería ninguna, desde el ángulo de las ciencias sociales. Pero eso no obsta para que asuma una posición propia, nunca neutra. Como ciudadano, es pública su identificación con las propuestas de Andrés Manuel López Obrador, a la que tiene pleno derecho.

El doctor Meyer (que obtuvo ese grado, así como la licenciatura en el Colegio de México, y un posgrado en ciencia política en la Universidad de Chicago), salió avante hace un mes de un litigio civil por daño moral, a que lo arrastraron Carlos Marín, director del diario Milenio, y esa publicación. El juez trigésimo primero de lo civil en el Distrito Federal sentenció que “las pruebas no permiten declarar procedente la acción”, por lo que absolvió “a los demandados de todas las prestaciones”. El juzgador habla en plural porque junto con el académico y periodista la acción civil pretendió alcanzar a la emisora MVS, donde se transmitió el episodio que, sin mencionarlo siquiera, irritó a Marín y lo hizo demandar a Meyer después de un ridículo afán de exhibirlo obligándolo a disculparse públicamente para no ser llevado a los tribunales.

El 21 de junio del año pasado, cercana ya la jornada electoral en Oaxaca, Carmen Aristegui difundió una grabación en que el gobernador Ulises Ruiz formulaba un reprimenda a Raúl Castellanos, su antiguo jefe de prensa, comisionado a la sazón con el candidato priísta Eviel Pérez Magaña. Colérico, Ruiz se extrañaba de que en Milenio se hubiera hecho una entrevista a Gabino Cue, lo que en apariencia contravenía acuerdos entre el gobierno oaxaqueño o su partido y ese diario y su extensión televisiva.

Como todos los lunes, acompañaban a la periodista tres de los intelectuales que con mayor información y conocimiento examinan el entorno: Denise Dresser, Sergio Aguayo y el propio Meyer. Al concluir la grabación, los participantes en la mesa comentaron lo escuchado. Meyer se limitó a decir que en revelaciones de esa naturaleza, que mostraban la relación del poder y alguna prensa: “Salen nombres de periódicos, de órganos periodísticos”.

Marín ni siquiera fue aludido. Sí lo fue el órgano periodístico de la familia González de Monterrey, pero sólo aludido, es decir no mencionado por su nombre. La bravata de Marín, el pedir que Meyer se pusiera de rodillas para pedirle perdón, se convirtió efectivamente en demanda judicial cuando el politólogo, historiador, internacionalista y periodista rehusó de manera expresa disculparse ante el presunto agraviado.

Meyer contó con la eficaz defensa de la doctora Perla Gómez, experta no sólo en la legalidad que rige ese genero de conflictos, sino también una especialista en encontrar el perfil acosador de demandas como ésta y otras que ha atendido. Ha de decirse también que, siendo una relevante académica en varios temas, entre ellos el derecho a la información, la doctora Gómez es también una hábil postulante, capaz de conducirse con éxito en los vericuetos de los juzgados. El hecho es que, como queda dicho arriba, el 29 de agosto pasado concluyó el caso con una sentencia absolutoria. La emisora MVS fue exonerada, y es de gran importancia señalarlo, porque de haber procedido en sentido contrario, habría incurrido en censura a sus colaboradores, que tienen derecho a su propia opinión.

Es posible que los demandantes apelen la sentencia que les fue adversa y el juicio continúe en segunda instancia. Pero por lo pronto, un mes más tarde parecen haberse allanado con la resolución judicial. Sería deseable que así permaneciera, aunque el ardor con que Marín adoptó la defensa de su honor impide considerar este margen.

Desde que el presidente Miguel de la Madrid hizo reformar el código civil, en 1982, al comienzo de su mandato, para incluir el daño moral como atentado a la reputación y el buen nombre de las personas, han menudeado las demandas por ese concepto. Las más de la veces nacieron de la mala fe, del afán de meter en honduras judiciales a quienes, como los periodistas afectados, debieran dedicar su tiempo, sus recursos y su energía al cuidadoso ejercicio de su profesión y no a encontrar la manera de eludir añagazas. No faltó el ánimo mercenario, cuyo propósito era obtener de jueces venales indemnizaciones cuyo monto no guarda relación alguna con la honra que se pretender hacer brillar.

Por fortuna, en mayo de 2006 la asamblea legislativa emitió una ley supletoria de la barbaridad contenida en el código civil. Su extensa denominación iluminas las zonas de la vida ciudadana a que se refiere: Es la ley de responsabilidad civil para la protección del derecho a la vida privada, el honor y la propia imagen. Se enumeran así bienes jurídicos que forman parte de la personalidad, es decir del patrimonio espiritual de cada quien, aun el susceptible de ser tasado pecuniariamente pero sin dar lugar a los abusos. Las inercias y los intereses de una porción de la judicatura capitalina han impedido aplicar la nueva ley a cabalidad, en provecho de pícaros que han hecho durar juicios hasta por siete años.

Comentarios