Apro
La Comisión Federal de Competencia (CFC) admitió un recurso de reconsideración presentado por Teléfonos de México (Telmex) y suspendió una multa de 91.5 millones de pesos contra esa empresa por negar la interconexión a Grupo Telecomunicaciones Mexicanas (GTM).
De acuerdo con el expediente, se ordena la suspensión de los efectos de la resolución reclamada mientras se admite a trámite el recurso legal interpuesto por Telmex.
La CFC cuenta con 30 días hábiles para analizar el recurso de reconsideración con base en una investigación que puede resultar en la ratificación de la multa, modificarla o suprimirla.
El 1 de junio la CFC dio a conocer que el hecho de que Telmex negara el servicio de interconexión a su principal adversario –la empresa española Telefónica que en México opera a través de su filiar GTM- era violatorio a la fracción V del artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica, “dado que Telmex tiene poder sustancial en el mercado y la conducta tuvo el objeto o efecto de impedir sustancialmente el acceso a otro agente económico”.
La decisión se tomó por cuatro votos a favor de los comisionados Eduardo Pérez Motta, presidente; Rodrigo Morales Elcoro, Miguel Flores Bernés y Luis Alberto Ibarra, y el voto en contra de José Agustín Navarro Gergely.
La Comisión Federal de Competencia (CFC) admitió un recurso de reconsideración presentado por Teléfonos de México (Telmex) y suspendió una multa de 91.5 millones de pesos contra esa empresa por negar la interconexión a Grupo Telecomunicaciones Mexicanas (GTM).
De acuerdo con el expediente, se ordena la suspensión de los efectos de la resolución reclamada mientras se admite a trámite el recurso legal interpuesto por Telmex.
La CFC cuenta con 30 días hábiles para analizar el recurso de reconsideración con base en una investigación que puede resultar en la ratificación de la multa, modificarla o suprimirla.
El 1 de junio la CFC dio a conocer que el hecho de que Telmex negara el servicio de interconexión a su principal adversario –la empresa española Telefónica que en México opera a través de su filiar GTM- era violatorio a la fracción V del artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica, “dado que Telmex tiene poder sustancial en el mercado y la conducta tuvo el objeto o efecto de impedir sustancialmente el acceso a otro agente económico”.
La decisión se tomó por cuatro votos a favor de los comisionados Eduardo Pérez Motta, presidente; Rodrigo Morales Elcoro, Miguel Flores Bernés y Luis Alberto Ibarra, y el voto en contra de José Agustín Navarro Gergely.
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