• El dueño de Xoloitzcuintles, Hank Rhon, fue detenido por posesión de armas en Tijuana
• Es motivo de pérdida de afiliación que él que se vea inmiscuido en acto ilícito
• El Código de Ética de FIFA no permite contacto directo o indirecto con casas de apuestas
• Hank Rhon reconoció ser el dueño del equipo
En el Reglamento de Afiliación de la Federación Mexicana de Futbol se establece que un motivo para que un club sea desafiliado, es que su dueño o Directivo haya participado en negocios de dudosa reputación o en conductas delictivas, por lo que tras la detención de Jorge Hank Rhon, Xoloitzcuintles podría estar en la cuerda floja
Según la FMF, a través de Enrique Bonilla, Director General Deportivo, asevera que Hank Rhon, quien fuera detenido hoy por posesión de armas, no es el dueño del Club Xoloitzcuintles de Tijuana y que es su hijo Jorge Alberto Hank Inzunza el único titular.
Sin embargo, Hank Rhon se ha se ostentado como el propietario del equipo, incluso fue él quien tomó la palabra en el festejo por el ascenso reciente a Primera División y declarando en entrevista “mi punto de vista es el de dueño, el Presidente (mi hijo) es el que sabe cómo mueve a sus jugadores”.
Ante esto, Bonilla señaló que no podía emitir más información en torno al caso, hasta que no tuvieran todos los datos y así definir una postura oficial de la FMF.
Lo cierto, es que Hank Rhon es dueño de Grupo Caliente, y en la página oficial www.grupocaliente.com.mx de este corporativo, exhibe cuales son las empresas que lo conforman y en ellas aparece Tijuana Club Xolitxcuintles de Caliente.
Incluso, con el simple hecho de que en el nombre del equipo lleve la palabra “Caliente”, se está faltando al reglamento de la FMF, en el artículo 26 del Capítulo VI, en el que se establece que “El nombre deportivo que lleve un Club profesional deberá cumplir con los siguientes requisitos: 26.1 No deberá ser un nombre: de marca comercial, o relativo a un servicio, producto o aviso”.
Este no es motivo de ser desafiliado, pero sí el hecho de que se compruebe que Hank Rhon es el dueño del equipo, puesto que varios escritos en el Reglamento de Afiliación lo indican, como en el CAPITULO IV, Artículo 13; Capitulo V, Artículo 17.2 y más conciso en el siguiente:
“CAPITULO VIII / A. PÉRDIDA DE LA AFILIACIÓN /Artículo 41 / 41.1. La Asamblea General es el órgano competente para desafiliar a un afiliado de la Federación en los siguientes supuestos: g) Porque el Dueño y/o los Directivos del Club hayan incurrido en actos delictivos o de dudosa reputación, a juicio del Comité Ejecutivo.
“En este caso, el Comité Ejecutivo de la FMF deberá abrir la investigación correspondiente, escuchando a las partes interesadas, quienes presentarán las pruebas y alegarán lo que a su derecho convenga. Dicha investigación no deberá de exceder de 30 días.
“El Comité Ejecutivo a través del Secretario General, presentará a la Asamblea General de la Federación, el resultado de la investigación para que esta última tome la resolución correspondiente. La resolución que en esta materia dicte la Asamblea General de la Federación, será inapelable”.
Antes de lo ocurrido hoy con Hank Rhon, Xoloitzcuintles ya incurría en otro motivo de ser desafiliado, el cual es tocado en el inciso b) del artículo antes mostrado, en el que se señala: “Viola grave y/o reiteradamente el Estatuto Social, Reglamentos, Directivas o las decisiones de FIFA, CONCACAF y/o la propia Federación”.
Grupo Caliente, dueño y/o administrador de Xoloitcuintles, encabeza casas de apuestas y con eso se falta al Artículo 15 del Código de Ética de la FIFA, que establece: “Los oficiales, jugadores y agentes de jugadores se abstendrán de participar, directa o indirectamente, en apuestas, loterías, juegos de azar y actividades similares o negocios relacionados con partidos de fútbol.
Tampoco mantendrán relación alguna, ya sea activa o pasiva, con ninguna compañía, empresa u organización, etc. que promueva, concierte, organice o dirija dichas actividades”.
• Es motivo de pérdida de afiliación que él que se vea inmiscuido en acto ilícito
• El Código de Ética de FIFA no permite contacto directo o indirecto con casas de apuestas
• Hank Rhon reconoció ser el dueño del equipo
En el Reglamento de Afiliación de la Federación Mexicana de Futbol se establece que un motivo para que un club sea desafiliado, es que su dueño o Directivo haya participado en negocios de dudosa reputación o en conductas delictivas, por lo que tras la detención de Jorge Hank Rhon, Xoloitzcuintles podría estar en la cuerda floja
Según la FMF, a través de Enrique Bonilla, Director General Deportivo, asevera que Hank Rhon, quien fuera detenido hoy por posesión de armas, no es el dueño del Club Xoloitzcuintles de Tijuana y que es su hijo Jorge Alberto Hank Inzunza el único titular.
Sin embargo, Hank Rhon se ha se ostentado como el propietario del equipo, incluso fue él quien tomó la palabra en el festejo por el ascenso reciente a Primera División y declarando en entrevista “mi punto de vista es el de dueño, el Presidente (mi hijo) es el que sabe cómo mueve a sus jugadores”.
Ante esto, Bonilla señaló que no podía emitir más información en torno al caso, hasta que no tuvieran todos los datos y así definir una postura oficial de la FMF.
Lo cierto, es que Hank Rhon es dueño de Grupo Caliente, y en la página oficial www.grupocaliente.com.mx de este corporativo, exhibe cuales son las empresas que lo conforman y en ellas aparece Tijuana Club Xolitxcuintles de Caliente.
Incluso, con el simple hecho de que en el nombre del equipo lleve la palabra “Caliente”, se está faltando al reglamento de la FMF, en el artículo 26 del Capítulo VI, en el que se establece que “El nombre deportivo que lleve un Club profesional deberá cumplir con los siguientes requisitos: 26.1 No deberá ser un nombre: de marca comercial, o relativo a un servicio, producto o aviso”.
Este no es motivo de ser desafiliado, pero sí el hecho de que se compruebe que Hank Rhon es el dueño del equipo, puesto que varios escritos en el Reglamento de Afiliación lo indican, como en el CAPITULO IV, Artículo 13; Capitulo V, Artículo 17.2 y más conciso en el siguiente:
“CAPITULO VIII / A. PÉRDIDA DE LA AFILIACIÓN /Artículo 41 / 41.1. La Asamblea General es el órgano competente para desafiliar a un afiliado de la Federación en los siguientes supuestos: g) Porque el Dueño y/o los Directivos del Club hayan incurrido en actos delictivos o de dudosa reputación, a juicio del Comité Ejecutivo.
“En este caso, el Comité Ejecutivo de la FMF deberá abrir la investigación correspondiente, escuchando a las partes interesadas, quienes presentarán las pruebas y alegarán lo que a su derecho convenga. Dicha investigación no deberá de exceder de 30 días.
“El Comité Ejecutivo a través del Secretario General, presentará a la Asamblea General de la Federación, el resultado de la investigación para que esta última tome la resolución correspondiente. La resolución que en esta materia dicte la Asamblea General de la Federación, será inapelable”.
Antes de lo ocurrido hoy con Hank Rhon, Xoloitzcuintles ya incurría en otro motivo de ser desafiliado, el cual es tocado en el inciso b) del artículo antes mostrado, en el que se señala: “Viola grave y/o reiteradamente el Estatuto Social, Reglamentos, Directivas o las decisiones de FIFA, CONCACAF y/o la propia Federación”.
Grupo Caliente, dueño y/o administrador de Xoloitcuintles, encabeza casas de apuestas y con eso se falta al Artículo 15 del Código de Ética de la FIFA, que establece: “Los oficiales, jugadores y agentes de jugadores se abstendrán de participar, directa o indirectamente, en apuestas, loterías, juegos de azar y actividades similares o negocios relacionados con partidos de fútbol.
Tampoco mantendrán relación alguna, ya sea activa o pasiva, con ninguna compañía, empresa u organización, etc. que promueva, concierte, organice o dirija dichas actividades”.
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