En cuatro años el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) ha registrado 211 mil 262 ataques informáticos en su contra. Así lo informó la dependencia al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (Ifai) en respuesta a una solicitud hecha por un particular.
El Cisen manifestó que el periodo correspondiente a dicha información abarca del primero de enero de 2007 al 31 de enero de 2011. En principio el centro se negó a proporcionar los datos, con el argumento de que la Policía Federal (PF) es la instancia encargada de responder; sin embargo, tras la intervención y resolución del Ifai, atendió la solicitud.
El peticionario demandó el número de ataques informáticos que se han detectado, desglosados por mes y dependencia pública afectada, del año 2000 a la fecha en que fuera respondido el requerimiento.
En un comunicado, el Ifai detalló que el órgano, dependiente de la Secretaría de Gobernación, se había declarado incompetente para dar respuesta a la solicitud argumentando que su esfera de competencia se encontraba circunscrita a la generación de inteligencia respecto de amenazas a la seguridad nacional. Por esa razón orientó al peticionario a presentar su documento ante la PF.
Inconforme, el particular interpuso un recurso de revisión ante el Ifai, el cual fue admitido y turnado al comisionado Ángel Trinidad para su sustanciación.
En alegatos, el Cisen reiteró su incompetencia explicando que la solicitud no versaba sobre los ataques informáticos que ha sufrido el centro, sino otras dependencias y entidades. Pese a ello, atendiendo el principio de máxima publicidad, realizó una búsqueda en sus áreas administrativas sobre la información requerida. Fue así como encontró dichos datos.
Sostuvo: Se aclara que la información corresponde únicamente al Cisen y no a otras dependencias. No se cuenta con desglose mensual ni con información anterior a dicho periodo.
El comisionado ponente del Ifai revisó las facultades que la Ley de Seguridad Nacional confiere al Cisen y no ubicó que el delito al que hace referencia la solicitud se encuentre en la esfera de sus competencias.
Observó además que a la PF, órgano desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública, corresponde realizar acciones de vigilancia, identificación, monitoreo y rastreo en la red pública de Internet sobre sitios web para prevenir conductas delictivas. Sin embargo, Ángel Trinidad consideró que también son las dependencias y entidades las competentes para conocer de los ataques informáticos que han sufrido.
Fue así como el pleno del Ifai resolvió que el Cisen sólo es competente para conocer de los ataques informáticos que ha padecido, no así de los sufridos por otras dependencias y entidades.
También resolvió que el centro debía declarar la formal inexistencia de la información referente a los ataques cibernéticos sufridos de 2000 a 2006.
El Cisen manifestó que el periodo correspondiente a dicha información abarca del primero de enero de 2007 al 31 de enero de 2011. En principio el centro se negó a proporcionar los datos, con el argumento de que la Policía Federal (PF) es la instancia encargada de responder; sin embargo, tras la intervención y resolución del Ifai, atendió la solicitud.
El peticionario demandó el número de ataques informáticos que se han detectado, desglosados por mes y dependencia pública afectada, del año 2000 a la fecha en que fuera respondido el requerimiento.
En un comunicado, el Ifai detalló que el órgano, dependiente de la Secretaría de Gobernación, se había declarado incompetente para dar respuesta a la solicitud argumentando que su esfera de competencia se encontraba circunscrita a la generación de inteligencia respecto de amenazas a la seguridad nacional. Por esa razón orientó al peticionario a presentar su documento ante la PF.
Inconforme, el particular interpuso un recurso de revisión ante el Ifai, el cual fue admitido y turnado al comisionado Ángel Trinidad para su sustanciación.
En alegatos, el Cisen reiteró su incompetencia explicando que la solicitud no versaba sobre los ataques informáticos que ha sufrido el centro, sino otras dependencias y entidades. Pese a ello, atendiendo el principio de máxima publicidad, realizó una búsqueda en sus áreas administrativas sobre la información requerida. Fue así como encontró dichos datos.
Sostuvo: Se aclara que la información corresponde únicamente al Cisen y no a otras dependencias. No se cuenta con desglose mensual ni con información anterior a dicho periodo.
El comisionado ponente del Ifai revisó las facultades que la Ley de Seguridad Nacional confiere al Cisen y no ubicó que el delito al que hace referencia la solicitud se encuentre en la esfera de sus competencias.
Observó además que a la PF, órgano desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública, corresponde realizar acciones de vigilancia, identificación, monitoreo y rastreo en la red pública de Internet sobre sitios web para prevenir conductas delictivas. Sin embargo, Ángel Trinidad consideró que también son las dependencias y entidades las competentes para conocer de los ataques informáticos que han sufrido.
Fue así como el pleno del Ifai resolvió que el Cisen sólo es competente para conocer de los ataques informáticos que ha padecido, no así de los sufridos por otras dependencias y entidades.
También resolvió que el centro debía declarar la formal inexistencia de la información referente a los ataques cibernéticos sufridos de 2000 a 2006.
Comentarios