La resolución, de mil 529 fojas, fue subida a la página del CJF, junto con una relación de los acuerdos adoptados durante el juicio, protegiendo los datos personales de víctimas, procesados y terceros involucrados en el caso
El Universal
El Séptimo Tribunal Colegiado difundió una versión pública de la sentencia del 10 de febrero pasado, en la que negó el amparo solicitado por la ciudadana francesa Florence Cassez y confirmó su condena a 60 años de prisión por secuestro.
La resolución, de mil 529 fojas, fue subida a la página del Consejo, junto con una relación de los acuerdos adoptados durante el juicio, protegiendo los datos personales de víctimas, procesados y terceros involucrados en el caso.
En la sentencia pueden leerse tanto los argumentos de Cassez y su defensa para impugnar la condena de 60 años de prisión que se le impuso por secuestro, delincuencia organizada y posesión y portación de arma de fuego de uso reservado al Ejército, como las respuestas de los magistrados y los fundamentos de la resolución.
Los magistrados del Séptimo Tribunal Colegiado determinaron, en su resolución, que los delitos que se le atribuyen a Florence Cassez y su responsabilidad en los mismos está acreditada.
El tribunal consideró probados no solo los tres cargos de secuestro, sino también los ilícitos de delincuencia organizada y portación y posesión de arma de fuego de uso reservado al Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
Los cargos de secuestro se consideraron probados con base en las declaraciones de los víctimas y sus familiares, que si bien no vieron el rostro de Cassez, describieron características físicas como su voz, el color de su cabello y sus manos, con los que la identificaron.
El delito de portación de arma de uso exclusivo de las fuerzas armadas en contra de Florence Cassez se acreditó por el hallazgo de un fusil de asalto semiautomático en la camioneta en la que se trasladaba junto con su novio, Israel Vallarta, cuando fueron detenidos, de acuerdo con el expediente del caso.
El arma, de funcionamiento semiautomático -de tiro a tiro-, calibre 5.56x45 mm. Fue encontrado en el lado izquierdo de la camioneta en la que viajaban por la carretera federal México-Cuernavaca, precisa el análisis que hicieron los magistrados.
El ilícito de posesión de arma de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, por el que también fue sentenciada la francesa, se le fincó por el rifle AK 47, tipo fusil de asalto, calibre 7.62x39 mm, de funcionamiento semiautomático (ráfaga) matrícula ESO2519, encontrada en el interior del rancho "Las Chinitas", donde fueron rescatadas tres víctimas de secuestro.
En el caso de delincuencia organizada, los magistrados enlazaron la evidencia e indicios de los otros delitos.
"Se consideró que los elementos de convicción que sirvieron para comprobar los delitos anteriores arrojaron que existió una organización compuesta por más de tres personas, ya que Ezxequiel Yadir dijo tres; mientras Raúl Ramírez Chávez, cinco, los sujetos que los secuestraron.
"Cristina Ríos Valladares indicó que eran cuatro personas y (su hijo) Cristian Hilario mencionó siete y, posteriormente, señaló a la quejosa como quien le sacó sangre", señalaron.
Además, concluyen los magistrados, "se regían por reglas de orden y disciplina, pues tenían actividades específicas cada uno, recibían órdenes del coprocesado de Cassez, su novio, Israel Vallarta, jefe de la banda de secuestradores "Los Zodiaco".
A esos elementos se sumó la declaración del propio Vallarta Cisneros, quien narró los secuestros de algunos extranjeros (dos argentinos), un menor de dieciocho años y los ofendidos, que indicó tuvo que llevar a su casa por diferencias con sus cómplices, donde se rolaban para cuidarlos y alimentarlos, aunque siempre trató de exculpar a Cassez.
El Universal
El Séptimo Tribunal Colegiado difundió una versión pública de la sentencia del 10 de febrero pasado, en la que negó el amparo solicitado por la ciudadana francesa Florence Cassez y confirmó su condena a 60 años de prisión por secuestro.
La resolución, de mil 529 fojas, fue subida a la página del Consejo, junto con una relación de los acuerdos adoptados durante el juicio, protegiendo los datos personales de víctimas, procesados y terceros involucrados en el caso.
En la sentencia pueden leerse tanto los argumentos de Cassez y su defensa para impugnar la condena de 60 años de prisión que se le impuso por secuestro, delincuencia organizada y posesión y portación de arma de fuego de uso reservado al Ejército, como las respuestas de los magistrados y los fundamentos de la resolución.
Los magistrados del Séptimo Tribunal Colegiado determinaron, en su resolución, que los delitos que se le atribuyen a Florence Cassez y su responsabilidad en los mismos está acreditada.
El tribunal consideró probados no solo los tres cargos de secuestro, sino también los ilícitos de delincuencia organizada y portación y posesión de arma de fuego de uso reservado al Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
Los cargos de secuestro se consideraron probados con base en las declaraciones de los víctimas y sus familiares, que si bien no vieron el rostro de Cassez, describieron características físicas como su voz, el color de su cabello y sus manos, con los que la identificaron.
El delito de portación de arma de uso exclusivo de las fuerzas armadas en contra de Florence Cassez se acreditó por el hallazgo de un fusil de asalto semiautomático en la camioneta en la que se trasladaba junto con su novio, Israel Vallarta, cuando fueron detenidos, de acuerdo con el expediente del caso.
El arma, de funcionamiento semiautomático -de tiro a tiro-, calibre 5.56x45 mm. Fue encontrado en el lado izquierdo de la camioneta en la que viajaban por la carretera federal México-Cuernavaca, precisa el análisis que hicieron los magistrados.
El ilícito de posesión de arma de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, por el que también fue sentenciada la francesa, se le fincó por el rifle AK 47, tipo fusil de asalto, calibre 7.62x39 mm, de funcionamiento semiautomático (ráfaga) matrícula ESO2519, encontrada en el interior del rancho "Las Chinitas", donde fueron rescatadas tres víctimas de secuestro.
En el caso de delincuencia organizada, los magistrados enlazaron la evidencia e indicios de los otros delitos.
"Se consideró que los elementos de convicción que sirvieron para comprobar los delitos anteriores arrojaron que existió una organización compuesta por más de tres personas, ya que Ezxequiel Yadir dijo tres; mientras Raúl Ramírez Chávez, cinco, los sujetos que los secuestraron.
"Cristina Ríos Valladares indicó que eran cuatro personas y (su hijo) Cristian Hilario mencionó siete y, posteriormente, señaló a la quejosa como quien le sacó sangre", señalaron.
Además, concluyen los magistrados, "se regían por reglas de orden y disciplina, pues tenían actividades específicas cada uno, recibían órdenes del coprocesado de Cassez, su novio, Israel Vallarta, jefe de la banda de secuestradores "Los Zodiaco".
A esos elementos se sumó la declaración del propio Vallarta Cisneros, quien narró los secuestros de algunos extranjeros (dos argentinos), un menor de dieciocho años y los ofendidos, que indicó tuvo que llevar a su casa por diferencias con sus cómplices, donde se rolaban para cuidarlos y alimentarlos, aunque siempre trató de exculpar a Cassez.
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