SB 1070: ¡No al estado policial!

Al DÍA NEWS

Estados Unidos no es un estado policial, ni tampoco lo es Arizona pese a su legislatura, su gobernadora y a la mayoría de su histérica opinión pública.

Una orden judicial suspendiendo preliminarmente partes de la ley S.B. 1070 reafirma los más elementales principios de la Constitución de los Estados Unidos, protegiéndolos del abuso bajo ropaje de ley o de supuesto resguardo del orden público.

Las autoridades de Arizona no podrán revisar el estatus migratorio de una persona o realizar arrestos sin orden judicial o basados en meras conjeturas mal llamadas “sospecha razonable”.

Arizona no puede imponer que sus ciudadanos ni sus residentes extranjeros tengan que obligatoriamente portar documentos o registros de migración.

Arizona no puede inventarse nuevos crímenes para de forma soslayada controlar la inmigración independientemente del gobierno federal.

En suma, la corte federal decidió que el bloqueo de los aspectos más perniciosos de la S.B. 1070 es en el interés público, previniendo así un daño irreparable a nuestras libertades civiles.

“La presencia ilegal en los Estados Unidos no es un crimen federal”, “la ley federal no contiene sanciones criminales por trabajar sin autorización”, afirmó la corte federal en su orden de suspensión.

Refiriéndose a la intención declarada de la ley S.B. 1070 de “atrición mediante imposición de la ley”, la jueza Susan Bolton rehusó “suspender” la “sola declaración del propósito de la ley”. Con gracia y espíritu auténticamente estadounidenses la jueza Bolton declaró: “La legislatura de Arizona es libre de expresar sus opiniones e intenciones como bien tenga”, después de todo se trata de una declaración que “no tiene función práctica alguna”.

Sólidamente amparada en precedente judicial –otro valuarte de nuestro sistema judicial– la jueza Bolton citó frecuentemente un fallo de la Corte Suprema en Hines v. Davidowits (1941). Allí la Corte Suprema de Justicia determinó que imponer “cargas sustanciales a inmigrantes legales…frustra la preocupación del Congreso de mantener normas nacionalmente uniformes que gobiernan el trato de extranjeros…–reglas diseñadas para garantizar ‘nuestra política tradicional de no tratar a los extranjeros como si se tratasen de una cosa aparte’”.

La Corte Suprema en el caso Hines observó que regular inmigración por parte del Congreso estadounidense y no por parte de estados individuales debía hacerse “en una manera tal que proteja las libertades personales de extranjeros observadores de la ley… y dejarlos libres de la posibilidad de prácticas inquisitoriales y de vigilancia policial”.

Para los más de 18 estados que contemplan similar legislación anti-inmigrante, esta orden de suspensión preliminar, demuestra que aplicar leyes supuestamente “preventivas” no sirven al interés público de Arizona ni del resto de los Estados Unidos.

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