Gregorio Ortega Molina / La Costumbre Del Poder
Todavía no evalúan la dimensión real de las consecuencias de la resolución de la SCJN en el caso de los 49 niños fallecidos a causa de las negligencias del IMSS -murieron porque el Instituto fue incapaz de cumplir con una prestación que por ley ha de dar a los hijos de los derechohabientes-, pero de inmediato modificaron la estrategia mediática del gobierno, y de la explicación acerca del control de cambios establecido para combatir un lavado de dólares imbatible, procedieron al lavado de conciencias que ya el presidente constitucional, Felipe Calderón, había iniciado.
Pronto se dieron cuenta de que el día de luto nacional, la garantía de atención médica a perpetuidad y el ofrecimiento de la búsqueda de una pensión vitalicia para los padres de los fallecidos, fueron incentivos insuficientes para apaciguar el natural enojo y la justificada frustración de los deudos, a quienes trajeron de Herodes a Pilatos con la promesa de una impartición de justicia necesaria, necesarísima por sobre la justicia política, sobre irracionales razones de Estado.
Los estrategas gubernamentales de los medios se adelantaron al natural enojo de esas familias que se quedaron sin uno de sus hijos, y también a la solidaria actitud de buena parte de la sociedad; antes de que se criticara abiertamente el proceder de los ocho ministros que estuvieron en contra del proyecto de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, los voceros de diferentes órganos gubernamentales y el mismísimo secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, defendió la acertada resolución de la SCJN, que según sus defensores actuó con apego a la Constitución y a la ley, de ninguna manera con sentido político, como lo esperaba la sociedad ávida de sanciones, cuando lo sucedido fue lo contrario, la Corte antepuso los intereses políticos del gobierno, que no del Estado, y reordenó su resolución sin asumir el mandato constitucional que sus ministros, todos, se comprometieron a cumplir.
Algunos de esos ministros arguyeron de la inutilidad del artículo 107 constitucional que mandata a la Corte con la facultad de atracción y determina y regula lo que ha de hacer para ejercerla, pero esa molestia causada en ellos no los autoriza a incumplir con su obligación legal y política, pues mientras no sea derogado ese artículo, o reformado, la norma obliga a acatar lo que en él se expresa.
Apunta la página de Internet de la SCJN: “Los artículos 107, fracción V, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 182, fracción III, de la Ley de Amparo, y 21, fracción III, inciso b), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que la Suprema Corte de Justicia podrá resolver asuntos que, competencialmente correspondan a Tribunales Colegiados, siempre que éstos cuenten con las características de importancia y trascendencia de índole jurídica, que por los problemas jurídicos planteados, dada su relevancia, novedad o complejidad, requieran de un pronunciamiento del máximo tribunal del país”. ¿Cumplieron?
Por ello andan tan apurados justificándose unos a otros, pues lo que se padece es la nostalgia. Pronto se percatarán quienes impulsan la transición, que decisiones políticas como la asumida por la Corte en el caso de la Guardería ABC, son las que han atorado el proceso de cambio, de modificación del sistema político mexicano, que no acaba de adecuarse a la realidad de la globalización y del desplazamiento de los grupos de poder locales, cuyos espacios hoy son ocupados por los poderes fácticos.
Por algo el viernes último y en conferencia de prensa específicamente convocada para el caso, el secretario Gómez Mont reconoció que en los días previos a la resolución de la Corte realizó una visita de cortesía a los ministros, “de buena fe, sin vergüenza, y no para litigar en contra de los padre” de las víctimas, pero sí para hacerlo a favor del gobierno, debió añadir.
Transcribió y anotó Fabiola Martínez, en su nota para La Jornada: “En serio, ¿un escalamiento no reglado, abstracto (acerca) de la responsabilidad política, ética y moral es la solución?… ¿Acaso un dolor tan profundo (por las víctimas) se aliviará con una injusticia?”, y apuntó que la Corte no avaló desorden generalizado en las guarderías del IMSS, sino violaciones graves de garantías individuales.
“Según el criterio de Gómez Mont -coincidente con el de los ocho ministros de marras-, la responsabilidad de los funcionarios tiene que ver con la cercanía del lugar de los hechos”. Vaya criterio, de esa manera Adolfo Hitler y la caterva de funcionarios que fueron llevados a los juicios de Nuremberg hubiesen quedado absueltos de esos crímenes de guerra, pues estaban muy lejos de Treblinka y Auschwichts.
Olvida el secretario de Gobernación, como se apunta en la Biblia, que la divinidad recomienda el cumplimiento de la ley, lo que no necesariamente coincide con la urdido o concebido por los jueces para interpretar esa ley, y que la reconstrucción de la paz social pasa, precisamente, por el combate a la impunidad y el cumplimiento irrestricto de la Constitución, no la interpretación política de ese documento, como lo hicieron los ministros de la Corte en referencia a lo mandatado a ellos por el 107 constitucional.
Todavía no evalúan la dimensión real de las consecuencias de la resolución de la SCJN en el caso de los 49 niños fallecidos a causa de las negligencias del IMSS -murieron porque el Instituto fue incapaz de cumplir con una prestación que por ley ha de dar a los hijos de los derechohabientes-, pero de inmediato modificaron la estrategia mediática del gobierno, y de la explicación acerca del control de cambios establecido para combatir un lavado de dólares imbatible, procedieron al lavado de conciencias que ya el presidente constitucional, Felipe Calderón, había iniciado.
Pronto se dieron cuenta de que el día de luto nacional, la garantía de atención médica a perpetuidad y el ofrecimiento de la búsqueda de una pensión vitalicia para los padres de los fallecidos, fueron incentivos insuficientes para apaciguar el natural enojo y la justificada frustración de los deudos, a quienes trajeron de Herodes a Pilatos con la promesa de una impartición de justicia necesaria, necesarísima por sobre la justicia política, sobre irracionales razones de Estado.
Los estrategas gubernamentales de los medios se adelantaron al natural enojo de esas familias que se quedaron sin uno de sus hijos, y también a la solidaria actitud de buena parte de la sociedad; antes de que se criticara abiertamente el proceder de los ocho ministros que estuvieron en contra del proyecto de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, los voceros de diferentes órganos gubernamentales y el mismísimo secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, defendió la acertada resolución de la SCJN, que según sus defensores actuó con apego a la Constitución y a la ley, de ninguna manera con sentido político, como lo esperaba la sociedad ávida de sanciones, cuando lo sucedido fue lo contrario, la Corte antepuso los intereses políticos del gobierno, que no del Estado, y reordenó su resolución sin asumir el mandato constitucional que sus ministros, todos, se comprometieron a cumplir.
Algunos de esos ministros arguyeron de la inutilidad del artículo 107 constitucional que mandata a la Corte con la facultad de atracción y determina y regula lo que ha de hacer para ejercerla, pero esa molestia causada en ellos no los autoriza a incumplir con su obligación legal y política, pues mientras no sea derogado ese artículo, o reformado, la norma obliga a acatar lo que en él se expresa.
Apunta la página de Internet de la SCJN: “Los artículos 107, fracción V, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 182, fracción III, de la Ley de Amparo, y 21, fracción III, inciso b), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que la Suprema Corte de Justicia podrá resolver asuntos que, competencialmente correspondan a Tribunales Colegiados, siempre que éstos cuenten con las características de importancia y trascendencia de índole jurídica, que por los problemas jurídicos planteados, dada su relevancia, novedad o complejidad, requieran de un pronunciamiento del máximo tribunal del país”. ¿Cumplieron?
Por ello andan tan apurados justificándose unos a otros, pues lo que se padece es la nostalgia. Pronto se percatarán quienes impulsan la transición, que decisiones políticas como la asumida por la Corte en el caso de la Guardería ABC, son las que han atorado el proceso de cambio, de modificación del sistema político mexicano, que no acaba de adecuarse a la realidad de la globalización y del desplazamiento de los grupos de poder locales, cuyos espacios hoy son ocupados por los poderes fácticos.
Por algo el viernes último y en conferencia de prensa específicamente convocada para el caso, el secretario Gómez Mont reconoció que en los días previos a la resolución de la Corte realizó una visita de cortesía a los ministros, “de buena fe, sin vergüenza, y no para litigar en contra de los padre” de las víctimas, pero sí para hacerlo a favor del gobierno, debió añadir.
Transcribió y anotó Fabiola Martínez, en su nota para La Jornada: “En serio, ¿un escalamiento no reglado, abstracto (acerca) de la responsabilidad política, ética y moral es la solución?… ¿Acaso un dolor tan profundo (por las víctimas) se aliviará con una injusticia?”, y apuntó que la Corte no avaló desorden generalizado en las guarderías del IMSS, sino violaciones graves de garantías individuales.
“Según el criterio de Gómez Mont -coincidente con el de los ocho ministros de marras-, la responsabilidad de los funcionarios tiene que ver con la cercanía del lugar de los hechos”. Vaya criterio, de esa manera Adolfo Hitler y la caterva de funcionarios que fueron llevados a los juicios de Nuremberg hubiesen quedado absueltos de esos crímenes de guerra, pues estaban muy lejos de Treblinka y Auschwichts.
Olvida el secretario de Gobernación, como se apunta en la Biblia, que la divinidad recomienda el cumplimiento de la ley, lo que no necesariamente coincide con la urdido o concebido por los jueces para interpretar esa ley, y que la reconstrucción de la paz social pasa, precisamente, por el combate a la impunidad y el cumplimiento irrestricto de la Constitución, no la interpretación política de ese documento, como lo hicieron los ministros de la Corte en referencia a lo mandatado a ellos por el 107 constitucional.
Comentarios