René Sánchez
El derecho a la prórroga por desempleo, el derecho a la liberación de crédito por incapacidad, por muerte o por plazo máximo, entre otros derechos, se ven trastocados con la venta de 56 mil créditos que en 2006 realizó el Infonavit.
El Consejo de Defensa de la Vivienda, organización civil, ganó 25 amparos en contra de esta venta. El argumento más sólido y trascendente consiste en que con la venta de cartera se anula el derecho a que, cuando exista empleo, la aportación patronal del 5% sobre nómina que constituye la subcuenta de vivienda del trabajador, debe destinarse al pago del crédito.
Sin embargo, dos tribunales colegiados optaron por una decisión contraria: considerar que el Infonavit sí está facultado para vender los créditos, toda vez que la ley faculta a su Consejo de Administración para aprobar cualquier política que sea necesaria para cumplir su objeto.
Estas resoluciones contrarias entre sí, provocaron que la Segunda Sala de la Suprema Corte abriera un expediente para resolver cuál criterio debía prevalecer.
El ministro Sergio Salvado Aguirre Anguiano “nos dijo en su despacho que la política no servía para nada, y que la cuestión social estaba tan alejada como Júpiter… a lo cual yo le contesté que la justicia para él era la que estaba tan alejada como Júpiter… Me dijo que no le faltara al respeto; yo le contesté que no me faltara él al respeto, a mí y a los trabajadores que estaban en esta situación”, informó la Presidenta del CDV, Laura Itzel Castillo.
Nuestra respuesta: la movilización de los días 19 y 26 de agosto, así como el 21 de octubre el CDV junto con otras organizaciones se movilizó a las afueras de la sede de la Suprema Corte. En todos los casos pudimos conjuntar acciones con otros estados del país.
El 26 de agosto de 2009 además de la manifestación en el Zócalo del Distrito Federal, hubo movilizaciones simultaneas en Sonora, Chihuahua, Coahuila, Puebla y una rueda de prensa en Tlaxcala. Algunos compañeros nos informaron sobre acciones en el estado de Veracruz.
Finalmente el 21 de octubre de 2009 la Segunda Sala resolvió. El ministro Góngora Pimentel cuestionó a la mayoría de ministros: “…para analizar si el Consejo de Administración del Infonavit está, o no, facultado para autorizar la venta de cartera vencida, es necesario conocer… la naturaleza jurídica de la institución del Infonavit”. No hubo respuesta.
Ahora debemos denunciar la contradicción de tesis entre la segunda y la primera sala de la Corte, ante el tribunal Pleno, integrado por los once ministros de la Suprema Corte, para que éste resuelva en definitiva. Querido lector, ¿con todo esto usted confiaría en la Corte?
El derecho a la prórroga por desempleo, el derecho a la liberación de crédito por incapacidad, por muerte o por plazo máximo, entre otros derechos, se ven trastocados con la venta de 56 mil créditos que en 2006 realizó el Infonavit.
El Consejo de Defensa de la Vivienda, organización civil, ganó 25 amparos en contra de esta venta. El argumento más sólido y trascendente consiste en que con la venta de cartera se anula el derecho a que, cuando exista empleo, la aportación patronal del 5% sobre nómina que constituye la subcuenta de vivienda del trabajador, debe destinarse al pago del crédito.
Sin embargo, dos tribunales colegiados optaron por una decisión contraria: considerar que el Infonavit sí está facultado para vender los créditos, toda vez que la ley faculta a su Consejo de Administración para aprobar cualquier política que sea necesaria para cumplir su objeto.
Estas resoluciones contrarias entre sí, provocaron que la Segunda Sala de la Suprema Corte abriera un expediente para resolver cuál criterio debía prevalecer.
El ministro Sergio Salvado Aguirre Anguiano “nos dijo en su despacho que la política no servía para nada, y que la cuestión social estaba tan alejada como Júpiter… a lo cual yo le contesté que la justicia para él era la que estaba tan alejada como Júpiter… Me dijo que no le faltara al respeto; yo le contesté que no me faltara él al respeto, a mí y a los trabajadores que estaban en esta situación”, informó la Presidenta del CDV, Laura Itzel Castillo.
Nuestra respuesta: la movilización de los días 19 y 26 de agosto, así como el 21 de octubre el CDV junto con otras organizaciones se movilizó a las afueras de la sede de la Suprema Corte. En todos los casos pudimos conjuntar acciones con otros estados del país.
El 26 de agosto de 2009 además de la manifestación en el Zócalo del Distrito Federal, hubo movilizaciones simultaneas en Sonora, Chihuahua, Coahuila, Puebla y una rueda de prensa en Tlaxcala. Algunos compañeros nos informaron sobre acciones en el estado de Veracruz.
Finalmente el 21 de octubre de 2009 la Segunda Sala resolvió. El ministro Góngora Pimentel cuestionó a la mayoría de ministros: “…para analizar si el Consejo de Administración del Infonavit está, o no, facultado para autorizar la venta de cartera vencida, es necesario conocer… la naturaleza jurídica de la institución del Infonavit”. No hubo respuesta.
Ahora debemos denunciar la contradicción de tesis entre la segunda y la primera sala de la Corte, ante el tribunal Pleno, integrado por los once ministros de la Suprema Corte, para que éste resuelva en definitiva. Querido lector, ¿con todo esto usted confiaría en la Corte?
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