¿Nuevo decreto expropiatorio en Altamira?

CUENTA CORRIENTE / ALICIA SALGADO

Aunque el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y Civil del 19 circuito concedió —en votación dividida de dos votos a favor y uno en contra— el amparo litigado por Diego Fernández de Cevallos, Arturo Chávezy Antonio Lozanoa los ejidatarios afectados por el acto de expropiación de 1982 y 1981 que permitió la construcción, instalación y operación del Puerto de Altamira, Tamaulipas, por considerar que “el decreto no expone las causas de interés público que lo justificaron”, les puedo afirmar que la decisión judicial no implica que la SCT, de Juan Molinar,ni la Secretaría de Hacienda, de Agustín Carstens, tendrán que pagarles a los ejidatarios amparados mil 500 millones de pesos.

Esa suma se la sacan de la manga, como una más de las argucias mediáticas de los extraordinarios abogados que han llevado el litigio y que destacan por las arqueologías que siempre acaban pretendiendo la ordeña del erario.

Ellos saben bien que el alcance restitutorio del amparo no es pecuniario, porque la sentencia no ordena paralizar las labores de la terminal ni restituir los predios, ni de-sembolso alguno, y más aún, puede repararse el agravio con la emisión de un nuevo decreto que establezca con claridad la causa de interés público ausente, en opinión de esos juzgadores, en el decreto emitido cuando en la SCT actuaba como titular Emilio Mújica Montoyay en la Reforma Agraria, Gustavo Carvajal.

Le comento que estas últimas demandas de amparo —porque hubo otras— se interpusieron el 27 de junio de 2007, y habían sido sobreseídas por los juzgados de distrito en abril del año pasado, cuando Gonzalo Martínez Pous estaba al frente de la Unidad de Asuntos Jurídicos.

Sin embargo, en el recurso de revisión ante el Colegiado, los magistrados determinaron conceder el amparo argumentando que “el Decreto de Expropiación omitió exponer las razones que justificarán que la instalaciones del mencionado puerto industrial y la creación de los servicios básicos para su funcionamiento, implicaba la creación o mejoramiento del centro de población y fuentes de empleo para el núcleo ejidal”.

Aunque el tema se había litigado en varias ocasiones, y los tribunales lo habían desechado o negado, Diego Fernándezy Antonio Lozano lograron que se considerara, en pocas palabras, que el decreto nunca fundó la causa de utilidad pública que tuvo la expropiación, pero que, a 28 años de distancia, se convirtió en uno de los principales puertos graneleros, petroleros, petroquímicos y de líquidos de México que genera 18 mil empleos directos y 12 mil indirectos. ¿Alguien puede dudar de la utilidad pública? Claro, dos magistrados y sus poderosos amigos abogados.

Pero la SCT no está muerta ni anda de parranda, aunque se durmió un ratito. Juan Molinarle ha dado instrucción al titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos, Gerardo Sánchez Henkel,para que se reparen los defectos en la fundamentación del acto expropiatorio señalado —lo que verán con el propio consejero jurídico de la Presidencia, Miguel Alessio Robles.

Al ser amparo directo, parece que no admite revisión ante la SCJN, pero sí tiene forma de repararse el daño porque cuentan con los documentos que prueban la indemnización a valor comercial realizada a los ejidatarios en su momento, con el aval suscrito por el comisario ejidal. Lo cierto es que parece que los amigos corridos de la UAJ se han sumado al grupo que quiere reventar al abogado de la SCT.

La CNBV, que preside Guillermo Babatz, ha determinado ya que cinco empresas que se habían constituido como sofoles o sociedades anónimas, habían estado captando recursos del público de forma irregular. Lo que sorprende no es que esté lanzando advertencias al público, sino que hasta ahora no se haya conocido del inicio de ningún procedimiento legal al amparo del artículo 111 de la Ley de Instituciones de Crédito, que sanciona con prisión de cinco a once años y multas de hasta 550 mil veces el salario mínimo del DF, a las personas físicas y morales que realicen funciones de banca sin autorización, y por ende que capten ahorro del público. ¿Qué pasa con esa obligación del Estado?

El que dejó con el ojo cuadrado al Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica, que encabeza Eduardo Pérez Motta, fue Alfredo Casar, presidente y director de Ferromex, pues en la demostración más clara de que están operando como un ferrocarril bien integrado con Ferrosur, fíjese que a Rogelio Vélez, quien es el director general adjunto de Ferromex que controla la línea del Pacífico Norte, lo nombraron director general del Ferrocarril del Sureste, con lo que bajo su mando queda integrada la operación de los ferrocarriles que posee ese conglomerado industrial pese a que la Cofeco no lo ha autorizado.

Cabe señalar que Ferromex se inconformó con la última resolución de Cofeco, en la que ratificó por tercera vez su opinión de que no deberían integrarse ambas empresas, por lo que, de persistir la decisión del Grupo México, se podría convertir en la primera empresa de mayor tamaño en México cuya desincorporación fuera sancionada con la nueva Ley de Competencia, incluyendo sendas multas a sus directivos.

La línea controla una longitud de vías de 9 mil 939.6 kilómetros; la mayor fuerza motriz del país con 679 locomotoras; 18 mil 535 unidades de arrastre, 7 mil 959 empleados y una productividad de 4.9 (millones de TKN/empleado), con lo que movilizan más de 60 por ciento de la carga en el país; su competidor más cercano, Kansas City Southern de México, que encabeza José Zozaya, moviliza menos de 40 por ciento.

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