Teodoro Rentería Arróyave
Es una costumbre ancestral el cambiar de nombre, lo hacen los humanos de todas las condiciones sociales, más los que acceden a lideratos políticos y no se diga de los jerarcas religiosos; las instituciones de toda índole, sobre todo las empresariales por conveniencias económicas; las dependencias oficiales, por la presunción de hacer creer que son nuevas al servicio del pueblo, y para rematar hasta algunas naciones han cambiado su nomenclatura, en estos casos específicos responden a la obtención de su independencia y soberanía.
Hay otro tipo designación para artistas y delincuentes, para los primeros es el nombre artístico que responde a metodología de la mercadotecnia, para los segundos es el apodo, el mote o el alias. Todo esto viene a cuento porque nos anuncian la creación de una “nueva” policía federal, cuando es la misma existente y dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública, que encabeza Genaro García Luna.
En efecto, este martes quedó constituida la “nueva” Policía Federal Ministerial, PFM, que dejó de ser preventiva al otorgársele las labores de investigación. La Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva ley de la PFM, que tendrá facultades de investigación de delitos ya cometidos, incluida la posibilidad legal de intervenir llamadas telefónicas en pesquisas relacionadas con el crimen organizado, menos mal que con previo mandato de un juez y con asistencia obligatoria del Ministerio Público.
El ordenamiento legal aumenta de 14 a 46 las facultades que tendrán los federales, quienes seguirán dependiendo de la Secretaría de Seguridad Pública federal, pero al mismo tiempo, así se comprende, la misma se convierte en la coadyuvante del Ministerio Público Federal, es decir, al desaparecer la Agencia Federal de Investigaciones, AFI, sus atribuciones y las nuevas que le concede la legislación se concretan en la “nueva PFM.
Al entrar en vigor la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, PGR, se establecen nuevas bases para su organización, al crear coordinaciones regionales bajo criterio del fenómeno criminal, y dota de nuevas facultades al Ministerio Público de la Federación en la averiguación previa, proceso penal y atención a víctimas de delitos. "Se crea el número de coordinaciones regionales que fije el reglamento de la ley bajo criterios de incidencia delictiva, circunscripciones geográficas, características de los asentamientos humanos, nivel poblacional y fenómenos criminógenos".
Además, se establece la figura de Oficial Ministerial, con el fin de auxiliar en la formalización de diligencias, y procesamiento de información. La nueva Ley precisa que las funciones de la Policía Federal Investigadora, antes AFI, serán realizadas por la Policía Federal Ministerial, como Auxiliar directo del Ministerio Público de la Federación.
En cierta forma estamos regresando a la figura del Servicio Secreto, que pertenecía a la Policía del Distrito Federal cuando el gobierno de la Ciudad de México era dependencia directa del Gobierno federal. El Servicio Secreto, sin discusión, obtuvo en la historia los mejores éxitos en la investigación policíaca y colocó a las policías judiciales, tanto local como federal, en segundo término. El problema es de sobra conocido, nunca se le quiso otorgar su basamento legal. En tiempos del presidente Miguel de la Madrid Hurtado, se impusieron los intereses inconfesables, se le desapareció y se disparó la delincuencia.
Lo importante ahora es que la “Nueva Policía Ministerial cumpla las amplias expectativas que ha generado, de ahí la pregunta ¿Será suficiente el cambio de nombre de las policías para que sean efectivas?.
*** IMPORTANTE *** Revoluciones es un proyecto de información alternativa sin fines de lucro, para mantenernos en línea requerimos de tu apoyo. Puedes ayudarnos haciendo un deposito bancario, por mínimo que sea, hazlo en el banco HSBC, al número de cuenta 6271254999 a nombre de Samuel R. García o en transferencia electrónica abonando al número Clabe: 021180062712549990. Gracias.
Es una costumbre ancestral el cambiar de nombre, lo hacen los humanos de todas las condiciones sociales, más los que acceden a lideratos políticos y no se diga de los jerarcas religiosos; las instituciones de toda índole, sobre todo las empresariales por conveniencias económicas; las dependencias oficiales, por la presunción de hacer creer que son nuevas al servicio del pueblo, y para rematar hasta algunas naciones han cambiado su nomenclatura, en estos casos específicos responden a la obtención de su independencia y soberanía.
Hay otro tipo designación para artistas y delincuentes, para los primeros es el nombre artístico que responde a metodología de la mercadotecnia, para los segundos es el apodo, el mote o el alias. Todo esto viene a cuento porque nos anuncian la creación de una “nueva” policía federal, cuando es la misma existente y dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública, que encabeza Genaro García Luna.
En efecto, este martes quedó constituida la “nueva” Policía Federal Ministerial, PFM, que dejó de ser preventiva al otorgársele las labores de investigación. La Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva ley de la PFM, que tendrá facultades de investigación de delitos ya cometidos, incluida la posibilidad legal de intervenir llamadas telefónicas en pesquisas relacionadas con el crimen organizado, menos mal que con previo mandato de un juez y con asistencia obligatoria del Ministerio Público.
El ordenamiento legal aumenta de 14 a 46 las facultades que tendrán los federales, quienes seguirán dependiendo de la Secretaría de Seguridad Pública federal, pero al mismo tiempo, así se comprende, la misma se convierte en la coadyuvante del Ministerio Público Federal, es decir, al desaparecer la Agencia Federal de Investigaciones, AFI, sus atribuciones y las nuevas que le concede la legislación se concretan en la “nueva PFM.
Al entrar en vigor la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, PGR, se establecen nuevas bases para su organización, al crear coordinaciones regionales bajo criterio del fenómeno criminal, y dota de nuevas facultades al Ministerio Público de la Federación en la averiguación previa, proceso penal y atención a víctimas de delitos. "Se crea el número de coordinaciones regionales que fije el reglamento de la ley bajo criterios de incidencia delictiva, circunscripciones geográficas, características de los asentamientos humanos, nivel poblacional y fenómenos criminógenos".
Además, se establece la figura de Oficial Ministerial, con el fin de auxiliar en la formalización de diligencias, y procesamiento de información. La nueva Ley precisa que las funciones de la Policía Federal Investigadora, antes AFI, serán realizadas por la Policía Federal Ministerial, como Auxiliar directo del Ministerio Público de la Federación.
En cierta forma estamos regresando a la figura del Servicio Secreto, que pertenecía a la Policía del Distrito Federal cuando el gobierno de la Ciudad de México era dependencia directa del Gobierno federal. El Servicio Secreto, sin discusión, obtuvo en la historia los mejores éxitos en la investigación policíaca y colocó a las policías judiciales, tanto local como federal, en segundo término. El problema es de sobra conocido, nunca se le quiso otorgar su basamento legal. En tiempos del presidente Miguel de la Madrid Hurtado, se impusieron los intereses inconfesables, se le desapareció y se disparó la delincuencia.
Lo importante ahora es que la “Nueva Policía Ministerial cumpla las amplias expectativas que ha generado, de ahí la pregunta ¿Será suficiente el cambio de nombre de las policías para que sean efectivas?.
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