El Gobierno mexicano aumentará el control de las operaciones bancarias en el país para detectar las transacciones del crimen organizado dirigidas al lavado de dinero, con el fin de mermar la capacidad económica de esos grupos.
Según un nuevo reglamento de la Secretaría de Hacienda de México, que entró en vigor, las entidades financieras instaladas en el país deberán informar de todas aquellas operaciones "relevantes, inusuales o internas preocupantes" en relación con sus clientes, directivos, funcionarios, empleados y apoderados.
En la normativa se argumenta que "una de las estrategias más efectivas en la lucha contra la delincuencia organizada en México es el menoscabo en el abastecimiento de sus recursos económicos".
Por lo tanto, considera que la capacidad económica del crimen organizado "es uno de sus principales apoyos para evadir la acción de la justicia".
El reglamento admite la "gran preocupación" nacional e internacional por el aumento de operaciones de la delincuencia organizada vinculadas al lavado de dinero y del terrorismo y su financiación.
Así, recoge una serie de procedimientos mínimos que las instituciones de crédito están obligadas a observar para prevenir y detectar las operaciones que pudieran favorecer la comisión de algunos delitos.
Las entidades financieras deberán elaborar y observar una política de conocimiento del cliente, así como del usuario, y contar con un sistema de alertas que les permita dar seguimiento y detectar oportunamente cambios en el comportamiento transaccional.
Según la nueva normativa, deberán clasificar a sus clientes por su grado de riesgo y establecer, como mínimo, las clasificaciones de "alto riesgo" y "bajo riesgo".
A los clientes considerados de alto riesgo se les aplicarán cuestionarios de identificación que permitan obtener mayor información sobre el origen y destino de los recursos y de las operaciones que realizan.
En los plazos previstos por la normativa, las entidades deberán remitir a Hacienda, por medio de la Comisión Nacional Bancaria, un reporte sobre todas las operaciones "relevantes, inusuales o internas preocupantes" de sus clientes.
Asimismo, informarán de todas las transferencias internacionales superiores a los 1.000 dólares o a su equivalente en otra moneda.
El nuevo reglamento también obliga a las entidades a crear un órgano denominado Comité de Comunicación y Control que supervisará el cumplimiento de la normativa.
EFE
Según un nuevo reglamento de la Secretaría de Hacienda de México, que entró en vigor, las entidades financieras instaladas en el país deberán informar de todas aquellas operaciones "relevantes, inusuales o internas preocupantes" en relación con sus clientes, directivos, funcionarios, empleados y apoderados.
En la normativa se argumenta que "una de las estrategias más efectivas en la lucha contra la delincuencia organizada en México es el menoscabo en el abastecimiento de sus recursos económicos".
Por lo tanto, considera que la capacidad económica del crimen organizado "es uno de sus principales apoyos para evadir la acción de la justicia".
El reglamento admite la "gran preocupación" nacional e internacional por el aumento de operaciones de la delincuencia organizada vinculadas al lavado de dinero y del terrorismo y su financiación.
Así, recoge una serie de procedimientos mínimos que las instituciones de crédito están obligadas a observar para prevenir y detectar las operaciones que pudieran favorecer la comisión de algunos delitos.
Las entidades financieras deberán elaborar y observar una política de conocimiento del cliente, así como del usuario, y contar con un sistema de alertas que les permita dar seguimiento y detectar oportunamente cambios en el comportamiento transaccional.
Según la nueva normativa, deberán clasificar a sus clientes por su grado de riesgo y establecer, como mínimo, las clasificaciones de "alto riesgo" y "bajo riesgo".
A los clientes considerados de alto riesgo se les aplicarán cuestionarios de identificación que permitan obtener mayor información sobre el origen y destino de los recursos y de las operaciones que realizan.
En los plazos previstos por la normativa, las entidades deberán remitir a Hacienda, por medio de la Comisión Nacional Bancaria, un reporte sobre todas las operaciones "relevantes, inusuales o internas preocupantes" de sus clientes.
Asimismo, informarán de todas las transferencias internacionales superiores a los 1.000 dólares o a su equivalente en otra moneda.
El nuevo reglamento también obliga a las entidades a crear un órgano denominado Comité de Comunicación y Control que supervisará el cumplimiento de la normativa.
EFE
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